La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un recurso de protección presentado en contra de la implementación de globos de vigilancia en las Las Condes y Lo Barnechea, iniciativa que se encuentra implementada por ambos municipios desde el 16 de agosto de 2015.

En la resolución emitida por el Tribunal de Alzada, se exigió el cese de la captación, almacenamiento y procesamiento de las imágenes realizadas por medio de globos de vigilancia.

La presidenta de la Fundación Datos Protegidos, Romina Garrido, consideró este fallo como histórico.

El alcalde de Lo Barnechea, Felipe Guevara, criticó la decisión del Tribunal de Alzada y dijo que junto a su par de Las Condes apelarán la próxima semana a la Corte Suprema donde aludirán a la delincuencia en esta apelación, punto rebatido por otro de los querellantes.

Branislav Marevic, presidente de la Corporación Fundamental, dijo que si esta defensa no les funcionó en el Tribunal de Segunda Instancia, menos lo hará en la Corte Suprema.

Ambos alcaldes esperarán ser notificados del fallo para estudiarlo y presentar la apelación la próxima semana.

Reacciones

Tras conocerse la instalación de estos globos de televigilancia, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) había presentado un informe a la Corte de Apelaciones debido a que “el hecho de que las cámaras permitan observar hacia el interior de los hogares y que no se hayan adoptado medidas para garantizar que sólo se dirijan al espacio público constituye una amenaza real y actual a la privacidad en el hogar, lugar donde por excelencia las personas tienen derecho a no ser objeto de injerencia alguna”.

La directora del INDH, Lorena Fries, valoró el fallo. “Estamos satisfechos con esta resolución ya que se confirma lo que hemos dicho y es que se requieren razones muy fundadas para restringir las garantías constitucionales de las personas. Proteger la vida privada y la intimidad de las personas es un derecho que el estado debe proteger y esa es una barrera que debiera ser infranqueable”, sostuvo.