El jefe regional de la Fiscalía Metropolitana Sur, Raúl Guzmán, anunció que presentará un recurso de nulidad ante la sentencia que condenó a seis años de libertad vigilada a Luciano Pitronello Schuffeneger (23), pero que no consideró el delito como una conducta terrorista.

Guzmán señaló que aunque aún no han leído ni analizado la sentencia íntegra, el recurso de nulidad se sustentará principalmente en el voto de minoría del Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago.

El fiscal Guzmán aseguró que el pronunciamiento disidente “sustenta la posición del Ministerio Público y en ese sentido sirve para presentar un recurso de nulidad bajo la premisa de una errónea interpretación del derecho. También respecto de la pena, aunque nosotros no solicitamos una pena específica, también nosotros sostenemos que aquí hay un concurso medial de los delitos, lo que también fue acogido por el voto de minoría”, enfatizó el persecutor en el Centro de Justicia.

Por su parte, el defensor penal público de Pitronello, Carlos Mora, apuntó que su representado “está satisfecho porque no fue juzgado por la Ley Antiterrorista, porque él no es un terrorista. Si bien está absolutamente asumido que debía ser condenado, tanto él como esta defensa estamos satisfechos por ese motivo”.

La Fiscalía tiene un plazo de diez días para presentar un recurso de nulidad ante los tribunales superiores.

El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal, junto con dejar a firme la sentencia que absolvió de cargos por delitos de carácter terrorista al joven Luciano Pitronello, le impuso una pena de seis años de libertad vigilada por infracción a la Ley de Control de Armas y Explosivos, provocar daños y manejar un vehículo con patente falsa.

En la audiencia de comunicación de sentencia los magistrados Mauricio Olave, Graciela Gómez y Antonio Ulloa , condenó a Pitronello Schuffeneger, “a sufrir la pena de cuarenta y un días de prisión en su grado máximo, y accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, como autor del delito de daños en perjuicio del Banco Santander Chile S.A.; la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, y accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, como autor de posesión de bomba; y quinientos cuarenta y un días de presidio menor en su grado medio, accesorias de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, y suspensión de licencia de conducir por el término de tres años, como autor del delito de conducción a sabiendas de vehículo con placa patente que correspondía a otro, perpetrados el día 01 de junio de 2011, en esta ciudad”.

El pasado 7 de agosto el Tribunal en Lo Penal absolvió a Pitronello al desestimar que el aparato explosivo detonado por el joven el 1 de junio de 2011 haya querido causar temor en la población.

Asimismo, el tribunal consideró que “reuniéndose en la especie los requisitos que, al efecto, prescriben los artículos 15 y siguientes de la ley 18.216, se concede al condenado Luciano Pitronello Schuffeneger el beneficio alternativo de libertad vigilada por todos los delitos materia de la condena, debiendo quedar sujeto a un régimen de libertad a prueba, bajo la vigilancia y orientación permanente de un delegado de Gendarmería de Chile, por el término de seis años, de acuerdo a lo que prescribe el artículo 16 de la misma ley”, consigna el dictamen.