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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La justicia española respaldó a las víctimas de los Testigos de Jehová, permitiendo llamar al movimiento religioso como "secta destructiva". La batalla legal entre la AEVTJ y los Testigos de Jehová comenzó en 2019, cuando antiguos miembros denunciaron prácticas internas y el aislamiento social tras abandonar la confesión, lo que provocó la denuncia de la organización. religiosa. La justicia confirmó que las expresiones de las víctimas estaban amparadas por la libertad de expresión, rechazando la demanda de los Testigos de Jehová. La sentencia reconoció que las críticas se basaban en testimonios reales y en un debate de interés público, destacando que buscan visibilizar experiencias y promover cambios.

La justicia española respaldó a las víctimas de los Testigos de Jehová y avaló que se les puede llamar al movimiento religioso “secta destructiva“.

La batalla judicial entre los Testigos de Jehová y la Asociación Española de Víctimas de los Testigos de Jehová (AEVTJ) no termina y esta vez la justicia dio a favor de las víctimas.

La controversia data del 2019 y surgió por las críticas de antiguos miembros de los Testigos de Jehová, agrupados en la asociación, que denunciaron prácticas internas de la confesión y sus consecuencias personales, como el aislamiento social tras abandonar la organización religiosa.

Así lo afirma el diario ABC el cual indica que las experiencias fueron divulgadas en el podcast ‘Los expulsados del paraíso’, donde se abordaba la “muerte social” y el ostracismo al que son sometidos los fieles cuando son expulsados o abandonan esta confesión.

Este trabajo posteriormente inspiró la serie "Sobrevivir al Paraíso: Más allá de los Testigos de Jehová", emitida por HBO, dice el medio.

Todo aquello provocó la reacción del movimiento religioso, quien demandó a la AEVTJ, alegando vulneración del derecho al honor y pidió que se retirara el nombre de la asociación, se cerrara su sitio web y redes sociales, incluso que la asociación llegara a su fin. Lo que no tuvo frutos.

Testigos de Jehová v/s víctimas

El juicio se realizó y la justicia dio la razón a la asociación de víctimas, considerando que sus expresiones estaban protegidas por la libertad de expresión.

Los Testigos de Jehová recurrieron a la Audiencia Provincial de Madrid, la cual confirmó íntegramente la sentencia anterior y desestimó el recurso.

Por lo tanto, la justicia determinó que no hubo vulneración del derecho al honor y que simplemente prevalece la libertad de expresión e información.

Según ElDario.es, la sentencia señala específicamente que las afirmaciones de los afectados no son insultos, sino juicios de valor basados en testimonios reales de exmiembros y en un debate de interés público.

Además, reconoce que las críticas se apoyan en relatos sobre control interno, presión social y aislamiento.

Los jueces también destacaron que los denunciantes no buscan injuriar, sino visibilizar su experiencia y promover cambios, incluso con el objetivo de recuperar vínculos familiares.

De esta manera, la justicia también avaló que los afectados pueden considerarse víctimas y que se puede calificar al movimiento religioso como “secta destructiva” (como parte de la libertad de expresión).

Valoración y crítica de ambas partes

La asociación valoró el fallo como un respaldo a su labor y anunció que seguirá visibilizando estas experiencias para abrir el debate público.

Por su parte, los Testigos de Jehová expresaron preocupación por la prevalencia de la libertad de expresión y anunciaron que estudian recurrir al Tribunal Supremo por el hecho.