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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La restricción vehicular 2026 en la Región Metropolitana finaliza el próximo lunes 31 de agosto, tras aplicarse en 34 comunas desde el 4 de mayo en el marco del Plan de Gestión de Episodios Críticos para reducir la contaminación. La medida incluyó limitaciones para vehículos y calefactores a leña. La restricción se mantiene de lunes a viernes, de 7:30 a 21:00 horas, con multa de hasta 1,5 UTM. Se detallan los días según el dígito de la placa patente y el tipo de vehículo, con prohibición absoluta en el anillo Américo Vespucio.

El próximo lunes 31 de agosto termina la restricción vehicular 2026 que se aplicaba a 34 comunas de la región Metropolitana, cada semana de lunes a viernes desde el 4 de mayo.

Recordemos que aquello se aplicó en el marco del Plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC) del Ministerio de Medio Ambiente, cuyo fin es disminuir la contaminación ambiental. En ese sentido, la instrucción no solo se aplicó a los vehículos, sino que también incluyó medidas sobre el encendido de calefactores a leña en la capital.

¿Cómo se aplicará la restricción vehicular del 24 al 21 de agosto?

A una semana de que termine, la restricción vehicular sigue ejecutándose bajo las mismas reglas que se fijaron al comienzo. Es decir, rige solo de lunes a viernes; el horario principal es de 7:30 a 21:00 horas y hay una multa de 1 a 1,5 UTM ($71.649 a $107.473) para quienes sean sorprendidos infringiéndola.

Revisa a continuación cómo se aplicará esta semana, según el último dígito de tu placa patente y el tipo de vehículo que conduzcas.

Para vehículos con sello verde inscritos antes del 1 de septiembre de 2011, así como para motos inscritas antes del 1 de septiembre de 2010, el calendario es el siguiente:

• Lunes: 8-9.
• Martes: 0-1.
• Miércoles: 2-3.
• Jueves: 4-5.
• Viernes: 6-7.

Para todos ellos, la medida aplica desde las 7:30 hasta las 21:00 horas, a excepción de los fines de semana y los festivos.

Ahora bien, en el caso de los automóviles, station wagons y similares sin sello verde, motos anteriores a 2002, buses de transporte privado de personas, buses interurbanos y rurales de pasajeros, al igual que vehículos de transporte de carga, los dígitos son:

• Lunes: 6-7-8-9.
• Martes: 0-1-2-3.
• Miércoles: 4-5-6-7.
• Jueves: 8-9-0-1.
• Viernes: 2-3-4-5.

Cabe destacar que todos estos vehículos tienen prohibición absoluta para circular dentro del anillo Américo Vespucio, cualquiera sea el último dígito de la placa patente, a excepción de los buses.

Asimismo, es importante consignar que el horario de restricción para vehículos y motocicletas es de 7:30 a 21:00 horas; para buses es de 10:00 a 16:00 horas, mientras que para transporte de carga es de 10:00 a 18:00 horas.

El cumplimiento de la medida es fiscalizado por Carabineros, inspectores municipales y funcionarios del Ministerio de Transportes, tanto en terreno como mediante cámaras de televigilancia.