VER RESUMEN

Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Desde principios de julio, los automóviles en la Región Metropolitana deben cumplir con la restricción vehicular según sus patentes. Este viernes 17 de julio, los vehículos con sello verde terminados en 6-7 tienen restricción, mientras que aquellos sin sello verde con patentes finalizadas en 2-3-4-5 también deben limitar su circulación. Las motocicletas inscritas antes de septiembre de 2010 con patentes 6-7 están incluidas. Hay prohibición absoluta de circulación dentro del anillo Américo Vespucio para vehículos sin sello verde. Las multas por infringir la restricción oscilan entre 1 y 1,5 UTM. Existen excepciones para personas con discapacidad, enfermedades crónicas o TEA, que deben obtener una autorización previa de la Seremi de Transportes. La fiscalización corre a cargo de Carabineros y la Red de Cámaras de Televigilancia.

Desde comienzos de este mes, los vehículos en la Región Metropolitana deben limitar sus salidas en auto -u otros vehículos motorizados- cuando les toca cumplir con la restricción vehicular. En el caso de automóviles, station wagons y similares con sello verde inscritos antes del 1 de septiembre del 2011, los dígitos con restricción este viernes 17 de julio son 6-7.

En tanto, para vehículos sin sello verde, la restricción vehicular de este viernes aplica para las patentes que terminen en 2-3-4-5. Eso sí, dentro del anillo Américo Vespucio, estos vehículos tienen prohibición absoluta para circular, independiente del último dígito de la placa patente.

A las motocicletas inscritas antes del 1 de septiembre de 2010 les corresponden los números 6-7.

Cabe recordar que lo anterior aplica solo dentro de la provincia de Santiago y comunas de Puente Alto y San Bernardo, de lunes a viernes —salvo festivos—, entre las 07:30 y las 21:00 horas.

Restricción para circular entre las 10:00 y las 16:00 horas:

• Buses de transporte privado de personas, buses interurbanos y rurales pasajeros sin sello verde: 2-3-4-5.
• Transporte de carga sin sello verde: 2-3-4-5.

¿Cuál es la multa por infringir la restricción vehicular?

La multa por infringir la restricción vehicular oscila entre 1 y 1,5 UTM ($71.649 y $107.473), aunque su valor final depende de los juzgados de policía local.

Los vehículos de personas con discapacidad, enfermedades crónicas o TEA podrán quedar exentos de la restricción vehicular siempre que cuenten con credencial o certificado médico que acredite la condición.

Para ello, requieren una autorización previa de la Seremi de Transportes, que pueden tramitar en https://cerofilas.subtrans.gob.cl/ si son personas naturales. Las personas jurídicas deben hacerlo a través del correo ofiparteseremitrm@mtt.gob.cl. Encuentra más información del procedimiento en la siguiente nota.

Por último, mencionar que la medida es fiscalizada por Carabineros, en conjunto con la Unidad de Fiscalización del Ministerio de Transportes y la Red de Cámaras de Televigilancia dispuesta en toda la RM.

Señalar que, en caso de decretarse pre-emergencia ambiental, se informarán los dígitos adicionales que se restringirán, según informa el Ministerio de Transportes.