VER RESUMEN

Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El SAG implementará nuevos requisitos zoosanitarios desde el 27 de julio para el ingreso de perros y gatos a Chile. Se exigirá una identificación individual permanente mediante microchip o tatuaje, fortaleciendo la trazabilidad de los animales. El Certificado Zoosanitario de Importación deberá incluir el número de identificación del animal. Se mantienen exigencias como examen clínico, vacunación antirrábica y desparasitación. Para mascotas de la Unión Europea se aceptará el pasaporte. En caso de Argentina, se podrá gestionar el certificado de manera digital. El incumplimiento de requisitos puede impedir el ingreso del animal. Para el reingreso a Chile, se requerirá identificación individual y vigencia de vacunación antirrábica.

El Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) anunció que, desde el lunes 27 de julio, entrarán en vigencia nuevos requisitos zoosanitarios para el ingreso de perros y gatos a Chile desde el extranjero.

Entre las principales modificaciones, las mascotas deberán contar con un sistema de identificación individual y permanente mediante microchip o tatuaje. La medida busca fortalecer la trazabilidad de los animales para resguardar la salud de las personas y la sanidad animal en nuestro país.

Certificado Zoosanitario de Importación (CZI)

En este contexto, el Certificado Zoosanitario de Importación (CZI), emitido por la autoridad sanitaria del país de origen y exigido para ingresar a Chile con perros o gatos, deberá incluir el número de identificación del animal. Este número deberá coincidir con el registrado en el microchip o en el tatuaje de la mascota, permitiendo verificar su identidad, garantizar su trazabilidad y acreditar el cumplimiento de los requisitos sanitarios establecidos.

Esta identificación individual se suma a las exigencias que se mantienen actualmente vigentes para el ingreso de mascotas al país. Entre ellas, se consideran:

• Presentación de un examen clínico realizado por un médico veterinario dentro de los 10 días previos a la emisión del CZI, que certifique el buen estado de salud del animal.

• Contar con vacunación antirrábica vigente, la que en caso de corresponder a una primera dosis debe haber sido administrada al menos 21 días antes del ingreso a Chile.

• Acreditar tratamientos de desparasitación interna y externa realizados entre 5 y 30 días previos a la emisión del CZI.

Todos estos antecedentes deben quedar consignados en el Certificado Zoosanitario de Importación.

Para los animales procedentes de países de la Unión Europea, se continuará aceptando el pasaporte para mascotas como documento válido. En el caso de Argentina, el certificado puede gestionarse de manera digital y presentarse mediante un código QR en el control fronterizo de ingreso a Chile.

Señalar que el incumplimiento de estas exigencias podría impedir el ingreso del animal al territorio nacional, por lo que el SAG hace un llamado a las personas que viajen con sus perros o gatos a informarse y revisar la documentación requerida con la debida anticipación.

Modificaciones del SAG: reingreso de mascotas a Chile

La nueva normativa también incorpora modificaciones para los animales que salen del país y posteriormente regresan a Chile. A partir del 27 de julio, el Certificado Zoosanitario de Exportación (CZE) emitido por el SAG tendrá una vigencia de hasta 60 días para el reingreso a Chile, siempre que la vacunación antirrábica se mantenga vigente y que la mascota cuente con identificación individual y permanente mediante microchip o tatuaje.

Por esta razón, las personas que viajen al extranjero con sus mascotas y contemplen retornar a Chile, deberán verificar antes de salir del país que estas cuenten con alguno de estos sistemas de identificación, incluso cuando el país de destino no lo exija, pues la identificación permanente será un requisito obligatorio para su reingreso al territorio nacional.

El SAG precisó además que los Certificados Zoosanitarios de Exportación emitidos hasta el 26 de julio de 2026 mantendrán su validez bajo las condiciones vigentes al momento de su emisión. En tanto, los certificados emitidos a partir del 27 de julio deberán ajustarse a las nuevas disposiciones para el reingreso al país.