La restricción vehicular continúa vigente en la Región Metropolitana como parte del Plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC) del Ministerio del Medio Ambiente, una medida que busca disminuir los niveles de contaminación durante los meses de otoño e invierno. En esta jornada, los vehículos con sello verde inscritos antes del 1 de septiembre de 2011 no podrán circular si sus patentes terminan en los dígitos 8 y 9.
En tanto, los automóviles sin sello verde, las motocicletas inscritas antes del 1 de septiembre de 2010 y los buses de pasajeros sin sello verde deberán respetar la restricción si sus placas finalizan en 2, 3, 4 y 5.
Por su parte, los vehículos de carga, incluidas camionetas, sin sello verde tienen prohibición de circular dentro del anillo Américo Vespucio cuando sus patentes terminan en 2, 3, 4 y 5.
Cabe recordar que, a diferencia de lo que ocurre en el resto de la provincia de Santiago, al interior del anillo Américo Vespucio los automóviles, station wagons y similares sin sello verde tienen prohibición de circular durante la restricción, cualquiera sea el último dígito de su patente. La misma restricción aplica para las motocicletas anteriores al año 2002.
Para este jueves 9 de julio de 2026, la prohibición de circular rige entre las 07:30 y las 21:00 horas en la provincia de Santiago, además de las comunas de San Bernardo y Puente Alto.
¿Qué pasa si no se respeta la restricción vehicular?
El cumplimiento de la medida es fiscalizado por Carabineros, inspectores municipales y funcionarios del Ministerio de Transportes, tanto en terreno como mediante cámaras de televigilancia.
Quienes incumplan la restricción vehicular se exponen a multas que van entre 1 y 1,5 UTM, monto que varía según el valor vigente de la unidad tributaria mensual al momento de cursarse la infracción.
Cabe recordar que la restricción vehicular puede complementarse con otras medidas en caso de que las autoridades decreten una Alerta, Preemergencia o Emergencia Ambiental.