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Lunes 16 Marzo, 2026

Celular en el trabajo: conoce en qué circunstancias puedes usar tu teléfono para registro de horario

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El pasado 29 de enero, la Dirección del Trabajo publicó un dictamen sobre el uso del teléfono propio, donde detalló en qué circunstancias se le puede exigir a un empleado que utilice su propio móvil para marcar ingreso y salida, además de otras especificaciones. 

Si bien esta discusión no es nueva, volvió a instalarse tras un pronunciamiento de la Dirección del Trabajo (DT) -mediante un dictamen emitido el 29 de enero de 2026- en el que respondió la consulta de un sindicato, detallando con qué condiciones los empleadores pueden solicitar que los funcionarios utilicen su celular personal para marcar asistencia.

Con la implementación gradual de la Ley de 40 Horas (que a partir de abril de este año, establecerá un máximo de 42 horas semanales) se modificó el artículo 33 del Código del Trabajo, a partir del cual la Dirección del Trabajo emitió la Resolución Exenta N°38 de  2024, por la que se regulan los sistemas de control de asistencia, para los que muchas empresas utilizan aplicaciones o plataformas digitales para registrar los horarios laborales.

En ese sentido, el fiscal de IST-Mutualidad, Matías Valdés Lara, explicó que “se dictaminó que quienes desempeñan sus cargos de forma remota, se rigen por una regla específica, en virtud de la cual no pueden ser obligados por el empleador a utilizar sus propios dispositivos en el desempeño de las funciones que desarrollan, lo que se extiende a los sistemas de registro de asistencia”. 

“Si el empleador les quiere pedir que utilicen sus propios celulares para desarrollar funciones o marcar asistencia, requiere del consentimiento expreso del trabajador. De lo contrario, deberá proveerles ese dispositivo, pues no puede obligar a los trabajadores a utilizar los propios”, añadió.

A pesar de que existe una regla especial respecto de la modalidad remota, en casos de regímenes híbridos o presenciales, la regla es similar. Es decir, si las personas necesitan utilizar teléfonos para marcar asistencia, o en general para el desarrollo de sus funciones, la empresa debe entregar uno, o bien, facilitar las condiciones necesarias para el uso de esta, sin comprometer los datos personales.

¿Quién costea el mantenimiento y funcionamiento del celular?

Si se pacta el uso del teléfono personal como herramienta para cumplir sus responsabilidades, la normativa apunta a que el empleador debe asumir los costos necesarios para su funcionamiento.

Entonces, la Dirección del Trabajo especificó que los requisitos de esta resolución son que, además de tener consentimiento expreso por parte del dependiente, deben existir las circunstancias para que pueda cumplir con sus obligaciones. 

De forma contraria, en palabras de Valdés, “si el empleador no provee del sistema, cuenta con el consentimiento, o no costea el internet o medios necesarios para que se pueda utilizar la aplicación correspondiente, una de las consecuencias es que este se exonera del deber de marcar asistencia en estos casos”

“Si yo no cuento con una herramienta necesaria para cumplir mis funciones, la consecuencia lógica es que no puedo cumplirlas. Respecto de la asistencia, si no cuento con el medio para acceder al sistema de control de asistencia, la consecuencia es no puedo marcar asistencia y la autoridad entiende que, en tal caso, el trabajador se exime de tal deber hasta que el empleador provea los medios adecuados para poder marcar asistencia”, profundizó el abogado.

Entonces, ¿qué especifica la Dirección del Trabajo? Si el usuario utiliza su teléfono, precisa datos y lo necesario para el buen funcionamiento de la app para hacer el registro de asistencia.

A modo de ejemplo, el fiscal de IST-Mutualidad detalló que “según la Dirección del Trabajo, el plan de datos para que la aplicación sea utilizable debería financiarlo el empleador (…) también la resolución dice que si el teléfono que tiene el empleado no es lo suficientemente tecnológico, ni compatible con la plataforma, el empleador le tiene que costear un teléfono que sí tenga la tecnología suficiente para hacer la descarga respectiva (…) entonces: consentimiento, costeo de lo necesario para el uso del sistema y, eventualmente, de un equipo compatible”.

Datos personales: cómo protegerlos

Hoy en día, el celular es un aparato que archiva gran parte de la vida de las personas. Desde fotos hasta datos bancarios, pasando por conversaciones con compañeros y seres queridos. En ese sentido, es relevante asegurarse que la app de registro de asistencia no solicite más datos que los estrictamente necesarios.

Bajo ese marco, uno de los puntos del dictamen se relaciona con la Ley de Protección de Datos Personales (Ley 21.719), que aumenta tanto las responsabilidades de las empresas para resguardar los datos personales de sus empleados, como las herramientas de fiscalización y multas asociadas a su falta.

De esa manera, el sistema de registro de asistencia no debería poder acceder a fotos, mensajes, micrófono u otras funciones del teléfono que no sean estrictamente necesarias. De igual manera, no puede acceder a información privada, ajena al control horario.

A modo de reflexión, el Fiscal de IST-Mutualidad puntualizó que “el uso de dispositivos tecnológicos nos expone al riesgo de entregarle a determinados proveedores de servicios telemáticos nuestra información. Entonces el uso de nuestros teléfonos, sin control, nos puede exponer a que se entregue más información de la debida. Ese es uno de los riesgos que pretende evitar la regulación que comentamos”.

“En ese sentido, cuando el empleador me provee de un teléfono, da mayor seguridad, porque este equipo provisto por el empleador se va a utilizar solo para fines laborales, no va a acumular fotografías propias, conversaciones personales, dispositivo audios, vídeo y/o datos privados. Por lo tanto, hay menos riesgos de compartir información confidencial o sensible. Esto es muy relevante, pues la protección de datos personales es un tema muy actual, cuya nueva normativa prontamente entrará en vigencia y al que sin duda empleadores y trabajadores deben atender», recalcó.