El reciente sábado 18 de junio CNN Chile dio a conocer el historial de malas prácticas cometidas por las autoridades de Pudahuel, muchas de ellas con el aval de los diferentes funcionarios públicos que ejercían cargos en la Seremi Metropolitana de Vivienda y Urbanismo. Dicho medio de comunicación en su noticia, “Involucra a Seremi de Vivienda: Contraloría detecta 30 años de irregularidades del Municipio de Pudahuel en uso de suelo”, que recomendamos conocer, ver link, reproduce el tremendo Informe Final N°403/2020, de fecha 2 de junio de 2022, de la Contraloría General de la República.

Pues bien, la Caja de Pandora es un mítico recipiente de la mitología griega, que contenía todos los males del mundo. Podría parecer exagerado referirse en título de esta columna de opinión a ese recipiente para hacer mención a una de las comunas de nuestro país, pero como explicaremos, en cierta medida el Informe Final Nº 403/2020 dejó al descubierto lo peor de algunos de nuestros servidores públicos, que en esa comuna más parecen operadores y voraces empresarios inmobiliarios. Dicho informe es el resultado de una auditoría instruida en marzo de 2019 por el Contralor General de la República, Jorge Bermúdez.

La historia comienza en los años 80 cuando ciertos empresarios, con buenos contactos políticos, compraron a precio de liquidación extensos terrenos en la zona poniente de Pudahuel, predios que habían sido expropiados en el contexto de la reforma agraria. Aprovechando la permisiva normativa urbanística imperante antes de que entrara en vigor el Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) de 1994, esos “hombres de negocios” lograron aprobar proyectos de loteo con construcciones en sus terrenos. Hasta ahí en principio todo era legal.

Pero nadie denunció que la Dirección de Obras Municipales de Pudahuel aprobó esos proyectos sin cumplir la normativa vigente en esa fecha, que estaba contenida en el antiguo Plan Intercomunal de Santiago (PIS) de 1960. Todas las aprobaciones municipales declaran cumplir esa normativa, pero es solo una apariencia y así quedó bien oculto en una caja como la de Pandora. Las diferencias con respecto a la normativa del PIS, como es lógico, favorecían a los titulares de los proyectos inmobiliarios.

Como el PRMS no incluyó esos loteos en su área de extensión urbana, los promotores de los desarrollos inmobiliarios Ciudad de Los Valles (Inmobiliaria Lo Prado) e Izarra de Lo Aguirre (Inversiones Baiona) reclamaron “derechos adquiridos” en la Corte de Apelaciones de Santiago, pero nada menos que con loteos irregulares, según quedó ratificado en el Informe Final Nº 403/2020. Menuda osadía de esos privados que en ese momento los jueces no detectaron, posiblemente porque de manera irresponsable “confiaron” en que todo estaba en regla, al existir permisos entregados por la municipalidad de Pudahuel, supuestamente cumpliendo la norma del PIS.

Pero como los proyectos originales ya no se ajustaban a los requerimientos del mercado, a contar de 2002 los titulares procedieron a tramitar sucesivas modificaciones de los proyectos de edificación.

Y como el descaro es máximo en estos astutos empresarios, sus arquitectos y revisores independientes, esas modificaciones se hicieron sin respetar la normativa del PIS para así lograr mayores rentabilidades en sus negocios. En ese contexto la Dirección de Obras Municipales autorizó sistemáticamente construir más de lo que permitía el PIS y en terrenos que no admitían las actividades involucradas en esas modificaciones. Tampoco se respetaron las franjas afectas a declaratoria de utilidad pública de las vías estructurantes definidas en ese instrumento de planificación territorial. Estos nuevos males también quedaron ocultos por años en la caja de Pandora.

La auditoría de la Contraloría se concentró en una muestra de las autorizaciones entregadas por la Dirección de Obras Municipales y a modo de ejemplo nos concentraremos en explicar algunas de las irregularidades que comprobó la Contraloría.

Partamos por el proyecto de la empresa Bodegas San Francisco (BSF) ubicado cerca del peaje Lo Prado de la Ruta 68, que ocupa 56 hectáreas en el área ISAM-1 del PRMS que no permite ese tipo de proyecto. En este caso, el propietario original de los terrenos solicitó diversos permisos de edificación con las normas del antiguo Plan Intercomunal de Santiago antes que entrara en vigor el PRMS.

Los proyectos autorizados nunca se construyeron, pero el titular y la Dirección de Obras Municipales idearon en conjunto un mecanismo para mantenerlos vigentes evitando su caducidad. En 2014 la empresa BSF, que había comprado los terrenos, tramitó modificaciones de los proyectos de edificación originales y en ese contexto se vulneraron todas las normas aplicables sin ningún pudor. El artículo 5.1.18 de la OGUC permite aumentos de superficie edificada menores o iguales a 5%, pero en este caso dicha superficie se incrementó en más de 100%. En el punto 1.12 del informe de Contraloría, el organismo de fiscalización concluye que las explicaciones del director de Obras carecen de sustento jurídico.

Vale mencionar que las modificaciones propuestas por la empresa BSF se realizaron con el informe “favorable” de un arquitecto revisor independiente, connotado miembro del Colegio de Arquitectos, que por años ha liderado los reclamos en contra de la Contraloría por generar con sus dictámenes “incerteza jurídica” en el ámbito inmobiliario. Recordemos entonces el dicho del Padre Gatica.

Por otro lado, con el solícito auspicio de la Dirección de Obras, BSF eludió someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) antes de ejecutar su enorme proyecto y en el contexto del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) que la empresa ingresó a tramitación hace algunos meses, se formularon observaciones sobre la juridicidad de las modificaciones autorizadas, que la empresa todavía no contesta. Ello porque en realidad no hay explicaciones válidas, menos ahora con el informe de Contraloría. En este caso lo que corresponde, según la ley que en Chile no se cumple, es la demolición de las edificaciones por vulnerar groseramente el Estado de Derecho.

Un segundo ejemplo corresponde a los depósitos de vehículos nuevos en el sector El Noviciado. Ya en 2014 la Contraloría y la Seremi Metropolitana de Vivienda y Urbanismo de esa época habían establecido que esos proyectos no estaban permitidos por el PRMS en dicho sector rural de Pudahuel. Pero con la llegada de nuevas autoridades a esa seremi y las astucias de un grupo de asesores contratados por las empresas se ideó un ardid para presentar los depósitos como instalaciones de infraestructura de transporte terrestre. La astucia surge porque el artículo 2.1.29 de la OGUC señala que ese tipo de instalaciones está siempre admitido en el área rural.

Sobre lo anterior es muy interesante revisar el punto 5.1 del informe de Contraloría, donde se refutan los argumentos del actual Jefe del Departamento de Desarrollo Urbano e Infraestructura de esa seremi, utilizados para entregar los informes favorables para construcción según el artículo 55° de la LGUC. Básicamente ese funcionario consideró que estos depósitos de vehículos son instalaciones accesorias a los puertos de la región de Valparaíso y del aeropuerto Arturo Merino Benítez y que, por esa razón, deben considerarse como instalaciones de infraestructura de transporte terrestre, siempre admitidas en el área rural.

Esa burda interpretación es en extremo perniciosa porque implicaría que cualquier depósito o bodega relacionada con el comercio exterior, que son muchísimas, podría ser clasificada como infraestructura de transporte terrestre y admitirse en cualquier predio del área rural de nuestro país por aplicación del artículo 2.1.29 de la OGUC. Este mismo funcionario es el responsable de numerosas autorizaciones contrarias a la normativa sectorial y a dictámenes vinculantes de la Contraloría, por ejemplo, sus autorizaciones para la construcción de viviendas en el Área de Preservación Ecológica definida en el PRMS en Colina, y por esa razón le solicitamos hace unos meses a ese organismo de fiscalización que analizara si se justificaba iniciar un procedimiento disciplinario en su contra.

El Informe Final Nº 403/20 concluye que, por la gravedad de los hechos constatados en Pudahuel, se llevará adelante un sumario administrativo en esa repartición pública sectorial. En este caso también corresponde la demolición de las edificaciones en los depósitos de vehículos y su restauración como terrenos destinados a actividades agrícolas.

Como último ejemplo podemos mencionar las autorizaciones entregadas por la Seremi Metropolitana de Vivienda y Urbanismo y la Dirección de Obras Municipales de Pudahuel en el área de protección del aeropuerto Arturo Merino Benítez. Se trata de un sector rural donde el PRMS definió en 1994 un área de riesgo asociado a las operaciones aeronáuticas, donde solamente se permiten equipamientos de áreas verdes, recreacional, deportivo y esparcimiento al aire libre, con coeficiente de constructibilidad 0,01, entre otras condiciones restrictivas.

No obstante, lo anterior, el propietario de ese sector de la comuna, gestor del proyecto ENEA, obtuvo autorizaciones para edificar un centro de eventos, un patio de comidas, un estacionamiento para arriendo, un hotel, bodegas y oficinas. En el punto 5.5 de su informe la Contraloría explica cómo se realizaron las interpretaciones contrarias a derecho de la normativa aplicable, que favorecieron intereses particulares y ponen en riesgo a los futuros usuarios de las instalaciones autorizadas. La negligente Seremi argumentó que no existe tal riesgo y que fue un error la graficación del área de protección del aeropuerto en 1994. Si ese fuera el caso, la manera correcta de abordar esa situación es mediante una modificación del PRMS siguiendo el procedimiento establecido en la ley y no a través de una vulgar interpretación vía artículo 4º de la LGUC. Solo una de las edificaciones autorizadas ha sido construida en ese sector, por lo que correspondería su demolición y dejar sin efecto los restantes permisos contrarios a derecho.

Las irregularidades de la Dirección de Obras Municipales han continuado, a pesar de la investigación que estaba desarrollando la Contraloría desde 2019 y que ya en junio de 2021 se entregó al exalcalde Carrasco el pre informe de la auditoría donde se daba cuenta de las diversas y graves irregularidades. Nada hizo ese alcalde casi vitalicio para detener la situación con el agravante de que ignoró todas las advertencias que recibió.

En la sesión de concejo municipal de 15 de junio de 2022, el abogado director de Asesoría Jurídica de la nueva administración municipal informó sobre las acciones que se desarrollarán para enfrentar la dura realidad heredada de Johnny Carrasco, uno de los alcaldes que más tiempo permaneció en su cargo, logro que le valió ser reconocido en el ambiente político y ungido como uno de los baluartes del PS.

En su intervención en el concejo municipal, el Director de Asesoría Jurídica señaló que se iniciará la invalidación de permisos de edificación contrarios a derecho en el sector poniente de la comuna y planteó la posibilidad de iniciar una acción de nulidad de derecho público. Para más detalles, la presentación de ese funcionario puede ser revisada en el siguiente video desde el minuto 11:00.

¿Cómo se abrió este recipiente de todos los males Pudahuelinos? Muy simple, con las fundadas presentaciones de la concejala Gisela Vila en la municipalidad de Pudahuel, en la Seremi Metropolitana de Vivienda y Urbanismo y en la Contraloría General de la República. Esas denuncias dieron lugar al inicio de la auditoría que acaba de finalizar con la emisión del Informe Final Nº 403/2020.

Ella tuvo la valentía de denunciar las situaciones ilegales cumpliendo con excelencia su rol fiscalizador y por eso debió soportar la hostilidad y el menosprecio del exalcalde y del Director de Obras Municipales que aseguraron públicamente que todos los permisos habían sido entregados con estricto apego a la normativa y que, por lo tanto, las denuncias de la concejala no tenían fundamento. Esa es la táctica de manual que utilizan quienes están involucradas en este tipo de situaciones irregulares, que esperamos no vuelvan a repetirse en esa comuna ni en ninguna otra de nuestro país. Queda claro que, si existieran muchas concejalas como la indicada, la corrupción en los municipios sería bastante menor y en tal sentido, proponemos que alguna instancia del poder Ejecutivo, podría ser el Minvu, le haga un reconocimiento público a la concejala Vila.

Por último, sería deseable que las más altas autoridades de los tres poderes del Estado revisen ese Informe Final de Contraloría para que se cercioren cómo ha operado el sistema en nuestro país. Si de verdad queremos que nuestra administración empiece a funcionar con probidad y transparencia, imitando las conductas de la 3a Sala de la Corte Suprema, como una señal de seriedad y lucha frontal contra de las trampas y las colusiones pública-privadas, corresponde que el Consejo de Defensa del Estado (CDE) ejerza sus atribuciones legales.

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