El exalcalde y ahora senador por La Araucanía, Rodolfo Carter, fue sobreseído en un caso ligado a un proyecto inmobiliario en la comuna de La Florida, situación que fue zanjada tras una resolución del 14° Juzgado de Garantía, la cual fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
Según consignó La Tercera, se trata del loteo de El Rincón, proyecto ubicado en el sector cordillerano de dicha comuna que se encuentra entrampado en una serie de líos judiciales desde 1982.
En ese contexto, la crisis económica de aquellos años afectó el desarrollo y derivó en la quiebra de las inmobiliarias propietarias.
Uno de los aspectos que quedaron pendientes fue el desarrollo de la “urbanización“, lo que incluye la conexión a agua potable y alcantarillado, entre otras obras.
Por este motivo, la Municipalidad de La Florida cobró boletas de garantía asociadas para materializar esos trabajos.
No obstante, se acusó al municipio de una serie de incumplimientos que llegaron a la justicia civil. En dos procesos, se acogieron los requerimientos de los propietarios del loteo y se condenó al municipio a cumplir con sus obligaciones de urbanizar las obras.
Posteriormente, en septiembre de 2024, dichos dueños se querellaron contra Carter y otros tres funcionarios, acusando desacato, malversación de caudales públicos, apropiación indebida, asociación ilícita y fraude, argumentando que el ahora senador no habría cumplido con sus obligaciones en su rol de alcalde.
En la causa, el parlamentario fue representado por el abogado José Pedro Silva (de BACS Abogados).
Sobreseimiento de Carter en caso ligado a proyecto inmobiliario en La Florida y confirmación de la Corte
En marzo de este año, el 14° Juzgado de Garantía resolvió en una audiencia de sobreseimiento solicitada por la defensa de Carter.
Por su parte, el juez Sebastián Zulch decretó el sobreseimiento, sosteniendo en la resolución que no había antecedentes que imputaran una responsabilidad penal.
El magistrado sostuvo en la resolución que “la acción intentada efectivamente es una acción temeraria, instrumental y al día de hoy se ha circunscrito únicamente a establecer una disconformidad a propósito de un juicio civil entre las partes de ahora de esta querella y de la cual también ha podido también establecerse en cuanto a los alegatos, simplemente insinuaciones referidas a los intervinientes de otra causa civil“.
A raíz de lo anterior, solo se condenó a los querellantes, representados por los abogados Alejandro Lagos y Guido Gutiérrez, al pago de costas del caso, pero no al Ministerio Público, que se allanó a la solicitud de la defensa.
En la audiencia, Zulch afirmó que la querella aborda la ejecución de procesos civiles entre las partes, pese a que no se menciona en la acción judicial.
“Este tribunal de carácter penal arriba a la conclusión de que se pretende instrumentalizar el derecho penal para obtener una prestación económica referida a una cuestión civil que, incluso, podría considerarse ya fenecida”, agregó el juez.
El abogado José Pedro Silva entregó declaraciones sobre el caso, que estuvo más de dos años en investigación.
“La resolución es sólida y despeja de manera definitiva cualquier cuestionamiento sobre la inocencia de nuestros representados. Estamos evaluando las acciones legales que corresponde ejercer“, dijo Silva.
Luego de lo resuelto por el tribunal de primera instancia, la parte querellante apeló y la Corte de Apelaciones de Santiago determinó confirmar la resolución.
Sobre la querella contra Carter y los otros funcionarios, la Corte concluyó: “No se advierte la descripción de hechos o conductas que pudieren ser subsumidas en los ilícitos penales propuestos“.
Igualmente, se añade que “no se configuran los elementos de los tipos penales citados por el querellante, como acertadamente indica el tribunal apelado”.