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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Corte Suprema rechazó el recurso de reclamación presentado por la empresa Concesión Estacionamientos Municipales Alonso de Córdova S.A., respaldando la decisión de la Municipalidad de Vitacura de dar por terminado el contrato de concesión vigente desde 2007. El tribunal desestimó los cinco motivos de ilegalidad planteados por la concesionaria, destacando que documentos citados carecían de validez legal. El contrato original permitía a la empresa explotar estacionamientos sin tope tarifario, generando críticas por sus condiciones. La modificación del proyecto "Zoccalo" sin aprobación pública fue el detonante final para la terminación del contrato.

La Municipalidad de Vitacura obtuvo un triunfo judicial clave tras la ratificación de la Corte Suprema que rechazó el recurso de reclamación interpuesto por la empresa Concesión Estacionamientos Municipales Alonso de Córdova S.A.

El fallo, emitido este 16 de abril, respalda la decisión del Concejo Municipal de terminar anticipadamente el contrato de concesión vigente desde 2007, argumentando incumplimientos contractuales y anomalías en la ejecución del proyecto.

La sentencia del máximo tribunal, desestimó los cinco motivos de ilegalidad presentados por la concesionaria. Entre ellos, destacó el rechazo al argumento de “infracción al principio de los actos propios”, al señalar que los documentos municipales citados por la empresa carecían de validez legal por emanar de órganos no competentes.

“No es posible reprochar a la Municipalidad de Vitacura haber infringido la teoría de los actos propios”, concluyó el tribunal.

La Corte Suprema precisó que cuatro de los cinco motivos de ilegalidad planteados por la concesionaria —incluyendo la falta de fundamento, infracción al debido proceso y ejecución de garantía inidónea— ya habían sido rechazados en instancias previas y no fueron impugnados a tiempo. “La contienda debe entenderse afinada y fuera de la competencia de este tribunal de reemplazo”, señaló el fallo.

Sobre el quinto motivo, relativo al principio de los actos propios, el tribunal exigió acreditar cuatro requisitos, entre ellos que la conducta municipal generara “confianza legítima” en la empresa. Sin embargo, determinó que los documentos internos citados —como ordinarios de la Dirección de Tránsito y un memorándum jurídico— no tenían validez, ya que solo el alcalde con acuerdo del Concejo puede modificar contratos de concesión.

El fallo fue pronunciado por la Tercera Sala integrada por los ministros(as) Sergio Muñoz; Ángela Vivanco; Adelita Ravanales y Mario Carroza; además de la abogada integrante, María Angélica Benavides. “No firman, no obstante haber concurrido a la vista y al acuerdo de la causa, los Ministros Sr. Muñoz y Sra. Vivanco por haber cesado en funciones”, se lee en el fallo.

Una concesión cuestionada: 40 Años sin tope tarifario

El contrato original, adjudicado en 2007 durante la gestión del exalcalde Raúl Torrealba (formalizado por fraude al fisco en 2023), permitía a la concesionaria explotar estacionamientos superficiales en Alonso de Córdova y construir subterráneos en Plaza Lo Castillo.

Con una duración de 40 años y sin tope tarifario, la empresa pagaba solo $2.5 millones mensuales al municipio, monto recuperable en cuatro horas de operación en una zona de alta congestión.

En 2022, el Concejo Municipal, liderado por la alcaldesa Camila Merino (Evópoli), terminó la concesión en Alonso de Córdova por incumplimientos, aunque mantuvo vigente hasta 2047 la explotación en Plaza Lo Castillo. Allí, la empresa cobra $52 por minuto ($3.120 la hora), un 16% más que en 2023. En contraste, el municipio ahora cobra $25 por minuto en la zona recuperada.

Proyecto Zoccalo: la gota que rebalsó el vaso

El detonante final fue la modificación unilateral del proyecto “Zoccalo”, que agregó 5.045 m² de locales comerciales —incluyendo un supermercado y gimnasio— sin aprobación pública.

“Una imagen vale más que mil palabras”, declaró el concejal Felipe Irarrázaval (RN), quien en 2021 denunció ante la Contraloría y la Fiscalía Nacional Económica (FNE) estas alteraciones, calificadas como “monopolio desregulado”.

Por otra parte, las bases establecían que la concesionaria debía proponer el proyecto subterráneo en Alonso de Córdova antes de 2017 e iniciar obras en 36 meses. Sin embargo, los plazos no se cumplieron, y el municipio no aplicó sanciones. Recién en marzo de 2022, el Concejo votó por unanimidad terminar el contrato, decisión judicialmente respaldada ahora.

La concesionaria, asesorada por el estudio FerradaNehme e inicialmente por actual ministro de Seguridad, Luis Cordero, alegó tecnicismos sobre el inicio del plazo. No obstante, la Corte Suprema zanjó la discusión, allanando el camino para la nueva licitación de estacionamientos en Alonso de Córdova, publicada el 17 de abril de 2024.