La Décima sala de la Corte de Apelaciones de Santiago revocó la resolución dictada por el 7° Juzgado de Garantía de Santiago que mantuvo la prisión preventiva de un hombre detenido durante el denominado estallido social en la región Metropolitana.

Este lunes se llevó a cabo la revisión de medidas cautelares del imputado identificado como Tomás González, quien se encuentra acusado por presuntamente haber lanzado una bomba molotov en las inmediaciones de Plaza Baquedano.

La resolución describe que la decisión fue tomada ya que, “sin perjuicio que la defensa ha fundado su petición informes psicológicos como también en una oferta de promesa laboral, esta Corte estima que a éstos debe tomarse como antecedente relevante que González Quezada a la fecha de comisión de ilícitos por los cuales se encuentra formalizado gozaba de irreprochable conducta anterior como también el prolongado tiempo de privación de libertad el que se extiende desde el día 28 de diciembre de 2019”.

Tras esto, se sustituyó su medida cautelar por arresto domiciliario total y arraigo nacional.

Finalmente, se fijó la audiencia del cierre de la investigación para el día 31 de agosto del presente año.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)