La nueva versión del instructivo aprobado por el rector Ennio Vivaldi fue trabajado por la Dirección de Igualdad de Género (DIGEN) y la Dirección Jurídica del plantel. El documento recibió aportes teóricos y conceptuales de una comisión ad hoc de académicas y estudiantes de la Universidad, incluidas/os estudiantes de la Secretaria de Diversidades y Disidencias Sexuales y de Género de la FECh.

Desde octubre del año 2018, la Universidad de Chile cuenta con un instructivo sobre uso y reconocimiento del nombre social de las personas transgénero. Este avance, permite a todas las personas de la comunidad universitaria -sean estudiantes, académicas/os, funcionarias/os, y trabajadores/as en general- solicitar que se use su nombre social en todos los documentos, registros y comunicaciones internas de la Universidad, promoviendo su trato igualitario y no discriminatorio.

La circular, conocida como “Instructivo Mara Rita”, fue impulsada por organizaciones estudiantiles de las diversidades y disidencias sexuales de la Universidad, como Diversinap, de la Escuela de Gobierno y Gestión Pública; y recibe su nombre en memoria de la escritora, profesora, y Licenciada en Lengua y Literatura Hispánicas y Pedagogía en Educación Media de la Universidad de Chile, Mara Rita (1991-2016), de identidad transgénero.

Fernando Molina, exdirector de la Dirección Jurídica de nuestro plantel, quien formó parte del trabajo ad hoc para la elaboración del nuevo instructivo, plantea que “la importancia del cambio está en el reconocimiento de las distintas identidades que existen entre los integrantes de la comunidad. Aquello se expresa en el uso del nombre social con que la persona se identifica y que la Universidad, por tanto, permite que se use en las distintas actuaciones y trámites internos. Es una decisión en el camino de reconocer los derechos de las personas y el respeto a cada uno/a de los integrantes de la comunidad universitaria”.

En esta nueva versión, se actualizan los fundamentos jurídicos que dan sustento a este Instructivo, ligados al derecho a la identidad de género y su respeto, según los avances que ha habido en esta materia en los últimos años en otros países y en Chile (con la ley de identidad de género sobre cambio de nombre y sexo registral de 2019, y con la ley antidiscriminación, más conocida como Ley Zamudio), entre otros aspectos.

Tomás Barrera, estudiante de Historia y activista de las disidencias sexogenéricas, comenta que el hecho de “que puedas poner tu identidad de género como no binaria es un avance importante para que la Universidad nos reconozca como identidades no binarias estudiantiles y/o funcionarias. Es fundamental a la hora de seguir consiguiendo este pluralismo que caracteriza a la Universidad. Hay muchas cosas que estamos trabajando y tenemos que avanzar aún, pero esto es de vital importancia a la hora de establecer el respeto a tu identidad de género, el respeto a tus pronombres por parte del profesorado. Son cuestiones que en algunos casos resulta de vital importancia porque te enfrentas a diario con la discriminación por tu identidad de género, tu orientación sexual y profesores que no te respetan”.

“En ese sentido, es fundamental establecer estos cambios, no solo en ámbitos educativos, también en torno al respeto a nuestra integridad, física, psicológica. Abre la puerta para hacer de la Universidad un espacio un poco más cómodo. Son avances que hay que seguir conquistando”, enfatiza el activista.

Cambios fundamentales

La académica y doctora en Historia Alejandra Araya, quien coordinó el trabajo teórico, explica que “el trabajo fue interdisciplinario -derechos humanos, teoría feminista, literatura, psicología e historia- y les estudiantes que han solicitado reconocimiento de su nombre social estuvieron en el proceso de trabajo y en el documento enviado a DIGEN, con sus planteamientos teóricos asociados a su experiencia. Creemos que esta forma de abordar los cambios sociales y culturales es la que permite comprender las múltiples dimensiones de la experiencia humana, como también reconocer las diversas subjetividades implicadas”.

“Pensamos todes juntes respecto a lo que es un nombre y lo planteamos como una imposición inicial en la vida, pues nadie lo escoge. Es una violencia, en tanto atributo de los padres, luego que el cambio de nombre por razones de género y diversidad sexual opera en nuestra sociedad desde un imaginario sexual binario -hombre / mujer- y que asocia atributos propios de ‘hombres’ y propios de ‘mujeres"”, detalla la académica.

Junto a lo anterior, puntualiza en que incluso hay personas que piensan que hay nombres naturalmente asociados a las mujeres. “Entonces, María José no se puede llamar José María. Sumemos a eso que un nombre debiera corresponder a un cuerpo con atributos binarios y que ha sido la discusión sobre el cambio de nombre registral. La arbitrariedad a la que podemos llegar, todes nosotres, en ejercicio de un cargo, es lo que quisimos mostrar en nuestro trabajo. Esta arbitrariedad es violencia de género cuando usamos el nombre como una inscripción que oprime tu derecho vivir tu identidad sexual del modo en que la sientes”.

Por su parte, la abogada de la Oficina de atención de la DIGEN, Vanessa Doren, explica el detalle de los cambios del decreto “en primer lugar, se acepta de forma explícita el uso y reconocimiento de nombres sociales propios que sean tanto femeninos, masculinos y/o no binarios (es decir, generizados o no generizados), en cuanto la solicitud se haga con base en el respeto a la identidad de género de la persona que lo solicita”.

“Por otro lado, se aclara el alcance legal del instructivo: es decir, permite el reconocimiento de los nombre/s sociales propio/s o ‘de pila’, acorde/s a la identidad de género (y no por ejemplo, los apellidos, que requerirían un cambio legal a nivel nacional). Además, permite expresamente, modificar o dejar sin efecto las solicitudes de uso de nombre social realizadas. Y, por último, se actualizaron los formatos sugeridos para realizar esta solicitud en la Universidad, incluyendo la información sobre la identidad de género con que se identifica la persona solicitante, que puede ser femenina, masculina, no binaria u otra”, expresó la abogada.

El nuevo instructivo mantiene otros aspectos, como la obligatoriedad de toda la comunidad universitaria de reconocer los nombres sociales y respetar la identidad de género de todas/os las/os integrantes de la comunidad universitaria, sobre todo si las personas han hecho esta solicitud a la Rectoría; y se mantienen los canales de ingreso de las solicitudes y su tramitación.

La nueva versión del Instructivo Mara Rita, fue socializada con decanos/as y directivos/as de las unidades educacionales e institutos. Los formularios actualizados, el nuevo decreto y otros documentos relevantes puedes obtenerlos en el siguiente link de la DIGEN: direcciondegenero.uchile.cl/nombresocial