La Tercera Sala del tribunal de alzada rechazó los recursos de nulidad presentado en contra de la sentencia que condenó a Abigail Osses Jiménez y Camila Osses Jiménez a 15 años y 7 años de presidio efectivo, en calidad de autoras de los delitos consumados de homicidio calificado y robo de especies con fuerza en las cosas en lugar destinado a la habitación, respectivamente.

El ilícito fue perpetrado dentro de un domicilio en octubre de 2018 en Cerro Navia cuando entre las 23:00 y las 00:00, Abigail Osses Jiménez, premunida de un cuchillo efectuó 46 estocadas y/o cortes en el cuerpo de la víctima, para acto seguido tomar un manojo de alrededor de 20 llaves de propiedad de éste y retirarse del inmueble abandonando a la víctima en el lugar.

Una vez en el exterior, entregó a su hermana Camila Osses Jiménez el manojo de llaves, entre las cuales se encontraban las de la puerta de ingreso al inmueble y de los vehículos de propiedad de la víctima.

Un día después, una de las hermanas concurrió a dicha casa donde, aún se encontraba la víctima fallecida, para robar un cilindro de gas y venderlo a un tercero en la suma de $10 mil.

Finalmente, alrededor de las 22:30 horas del 4 de octubre de 2018, un tercero encontró el cuerpo sin vida de la víctima, quien falleció debido a un traumatismo torácico abdominal provocado por una herida corto punzante penetrante, según el informe forense.

Por tanto, se resolvió que “se rechazan recursos de nulidad deducido por la defensa de las condenadas Abigail Valentina Osses Jiménez y Camila Paulina Osses Jiménez contra la sentencia de ocho de abril de dos mil veintiuno, del Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago”.