La Corte Suprema acogió un recurso de casación y condenó al fisco a pagar solidariamente una indemnización de más de $2 millones por los daños causados a un vehículo en un accidente de tránsito que fue provocado por una radiopatrulla en la región Metropolitana.

En el fallo la Tercera Sala del máximo tribunal estableció que existió falta o abuso grave en la resolución que no valoró informe pericial, por lo que ordenó al Estado a responder por los perjuicios provocados por uno de sus agentes.

De acuerdo a los antecedentes, la madrugada del 21 de octubre de 2016 un taxista manejaba un vehículo por avenida Las Industrias -en San Joaquín-, cuando fue impactado en la parte frontal con el costado derecho de auto de Carabineros, mientras enfrentaba la intersección con avenida Salvador Allende en luz verde.

Según el fallo, el vehículo policial se movilizaba en la misma dirección que el automóvil, pero por el corredor de buses. Al llegar a la avenida Salvador Allende “efectuó un viraje hacia la derecha y colisionó su vehículo, el que resultó volcado, furgón que no llevaba ni balizas ni sirenas de emergencia”, se explicó en el fallo.

De esta manera, se estableció que “resulta necesario dejar asentado que para acreditar el costo de reparación de tales desperfectos la demandante (dueña del auto) rindió la prueba consistente en el ‘Informe pericial técnico mecánico y de daños por accidente de tránsito’ tantas veces mencionado, documento al que se ha de reconocer mérito de convicción en tanto resulta congruente con las demás probanzas aparejadas al proceso, en particular con la sentencia dictada en la causa del Juzgado de Policía Local de San Joaquín y con el informe evacuado por la Prefectura de investigación de accidentes en el tránsito de Carabineros”, sostiene el fallo.

Además, se añadió que “el señalado informe privado de la actora también genera convicción en estos falladores, en lo vinculado con el valor de la mano de obra y repuestos necesarios para reparar tales averías, pues, además de lo dicho, el monto que propone su autor aparece como razonable, atendida la entidad y extensión de los daños mencionas más arriba”.

En tanto, se estableció que la suma de dinero necesaria para resarcir los perjuicios causados al demandante como consecuencia del accidente de tránsito asciende a la suma de $2.769.682.