Este jueves la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó el fallo que condenó a un grupo de hombres por el homicidio frustrado de un joven en la comuna de Peñalolén.

Lo anterior luego que se rechazara el recurso de nulidad deducido en contra de la sentencia, que condenó a los hombres identificados como Julio Encina Garrido y Juan Gómez Arévalo, a la penas efectiva de cinco años de presidio, y a Gonzalo Concheso Castillo y Manuel Ortiz Muñoz a cuatro años de presidio, en calidad de autores del delito mencionado, ilícito perpetrado en octubre de 2012 en la capital.

Según describe el fallo, la justicia acreditó que en horas de la madrugada del 27 de octubre de 2012, la víctima, Luciano Rendón, mientras se encontraba en una calle de la comuna junto a un grupo de amigos “arrancando propaganda política existente en el lugar, en el contexto de las elecciones municipales que se desarrollarían el día siguiente, la víctima fue abordada por un grupo de sujetos que se trasladaban en dos vehículos“.

Parte de los antecedentes indican que las personas que se trasladaban en los vehículos se desempeñaban en distintos comandos de campaña, los que “premunidos de objetos contundentes, tales como palos o fierros, se acercaron a la víctima y lo agredieron con golpes de pie, puño y con los elementos mencionados“.

Los golpes le provocaron diversas lesiones, entre algunas, un trauma en el cráneo, hematomas y contusiones, “y otras lesiones contusas, de tipo equimóticas y escoriativas, en dinámica de agresión, defensa y caída“.

El fallo sostuvo que de no mediar socorros quirúrgicos oportunos y eficaces la víctima pudo morir en el lugar.

“Mantiene en la actualidad algunas secuelas físicas, en ningún caso presenta problemas de tipo cognitivo, sin que existan probanzas que planteen que la víctima mantenga en la actualidad problemas vinculados a ‘la memoria, o que fabule’, razones que conducen al rechazo de esta causal“, concluye el texto judicial.