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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La justicia dictó veredicto condenatorio contra Alejandro Ríos Acuña por homicidio simple frustrado y porte ilegal de arma de fuego, arriesgando hasta 9 años de cárcel. El Tribunal Oral en lo Penal de Concepción desestimó la legítima defensa y la figura de homicidio calificado frustrado, concluyendo que Ríos disparó a una mesera en su domicilio tras no poder pagar en un restaurante. La defensa pide una pena menor, pero el querellante considera que el delito es grave.

Un veredicto condenatorio por homicidio simple frustrado y porte ilegal de arma de fuego dictó la justicia contra Alejandro Ríos Acuña, acusado de disparar a una mesera de un conocido restaurante del centro de Concepción. Ahora, arriesga hasta 9 años de cárcel, de acuerdo con la solicitud de la Fiscalía y de los querellantes, mientras que la defensa busca una pena menor que pueda cumplirse en libertad.

Tras cinco días de juicio, el Tribunal Oral en lo Penal de Concepción concluyó que lo ocurrido el 30 de mayo de 2024, al interior del domicilio del acusado, correspondió a un homicidio simple frustrado. Con ello, descartó la figura de homicidio calificado frustrado y también la tesis de la legítima defensa planteada por la defensa.

En ese contexto, los jueces emitieron un veredicto condenatorio tras acreditar la responsabilidad de Alejandro Ríos Acuña tanto por el delito de homicidio simple frustrado como por el porte ilegal de arma de fuego, según informó el abogado querellante de la víctima, Gabriel Ramírez.

Los hechos se originaron luego de que Ríos acudiera al restaurante Luncheonette. Tras recibir la cuenta, aseguró que no tenía dinero para pagar. Ante esa situación, la encargada del local pidió a una mesera que acompañara al cliente hasta su domicilio para saldar la deuda. Fue en ese lugar donde la trabajadora recibió un disparo en el rostro.

Caso Luncheonette

Tras conocerse el veredicto, y considerando que el tribunal condenó por delitos de menor gravedad que los inicialmente acusados, el abogado defensor, Raúl Bustos, solicitó una pena de 541 días de presidio por el homicidio frustrado y otros tres años por el porte ilegal de arma.

El abogado querellante, Gabriel Ramírez, discrepó de esa solicitud. Si bien no prosperó la acusación por homicidio calificado frustrado, sostuvo que el homicidio simple frustrado sigue siendo un delito de alta gravedad, cuya sanción supera los cinco años de presidio, a lo que debe sumarse la pena por el porte ilegal de arma de fuego.

La sentencia, en la que se dará a conocer la pena que finalmente deberá cumplir Alejandro Ríos Acuña —quien ha permanecido sujeto a prisión preventiva y, posteriormente, a arresto domiciliario desde la ocurrencia de los hechos— será comunicada el próximo 25 de julio.