El imputado por la situación que afectó a trabajadores y clientes de tres centros comerciales cumplirá su prisión preventiva en el penal Bío Bío.

La jornada de este martes, se decretó la prisión preventiva par Celso Jiménez Sanhueza, imputado por detonar bombas de ruido en tres centros comerciales del Gran Concepción.

En específico, la medida cautelar fue decretada en el Juzgado de Garantía de Concepción.

En definitiva, el fiscal Jorge Lorca formalizó por las tres detonaciones que comprendieron un total de ocho bombas de ruido.

De ellas, tres detonaron en el Mallplaza Mirador Bío Bío, mismo número para el Mall del Centro y dos en el Mallplaza Trébol.

En ese sentido, Lorca indicó que lo ocurrido deriva de la fabricación de dichos artefactos con ácido muriático y aluminio, generando las explosiones reportadas el pasado viernes.

Además, el persecutor expuso que “se configurarían tres delitos de colocación, activación y explosión en edificios de libre acceso al público de artefactos explosivos o corrosivos descritos en el Artículo 14 de la Ley sobre Control de Armas”.

A ello, agregó que “al tratarse de componentes químicos de libre venta al público y de bajo poder expansivo; la pena está consignada en el inciso Tercero de la Letra D” de la ley ya señalada.

Acusando un peligro para la sociedad, el Ministerio Público solicitó la medida cautelar ya señalada, a lo que accedió la jueza de Garantía, Tania Galgani Ugarte.

A su vez, se informó que Celso Jiménez Sanhueza arriesga una pena de hasta nueve años de cárcel.

No obstante, el fiscal Lorca expresó que la situación judicial del estudiante podría empeorar.

Esto último, en caso que se le pueda tribuir responsabilidad por otros dos hechos similares ocurridos en junio pasado en el Mall del Centro y en la Facultad de Arquitectura de la UBB.

Tras decretarse la prisión preventiva contra el acusado de instalar las bombas de ruido, se fijó un plazo de cuatro meses para la investigación respectiva.

Finalmente, Jiménez Sanhueza deberá cumplir la medida cautelar en dependencias del penal Bío Bío.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)