Comenzó en el Tribunal Oral de Concepción el juicio en contra de un carabinero acusado de disparar y herir a un manifestante durante la llamada revuelta social.

El Ministerio Público imputó por el delito de violencia innecesaria al policía, mientras que la Defensoría argumentó que su actuación fue en legítima defensa.

Se trata del primer juicio oral por hechos relacionados a las protestas a partir de octubre de 2019 en Concepción, en este caso un hecho ocurrido en marzo del año pasado en la esquina de avenida Paicaví con calle San Martín.

La audiencia partió con los alegatos de apertura, haciendo el fiscal Nelson Vigueras una relación del episodio en el que el sargento segundo de Carabineros, Víctor Torres, disparó en hirió en la pierna a la víctima Gabriel Arias Soto.

Pero además, el persecutor aseguró contar con las pruebas, principalmente imágenes de videos, que permitirán probar -dijo- la desproporción con que actuó el uniformado al utilizar su arma de servicio.

En el juicio, el policía es representado el jefe de la Defensoría Regional, Osvaldo Pizarro, quien como se esperaba, argumentó la legítima defensa para explicar la actuación de su cliente.

A diferencia de los delitos de violencia innecesaria y lesiones graves imputados por la Fiscalía, el Instituto de Derechos Humanos pide condenar al carabinero por apremios ilegítimos, puntualizando el abogado, Jaime Guzmán, que en este caso se está frente a una violación de derechos humanos.

El juicio se extenderá durante 10 días, tras lo cual los jueces del Tribunal Oral deberán decidir si absuelven o condenan al sargento Torres, enfrentando en ese último escenario una pena de 3 años y 1 día de cárcel, además de la inhabilidad para seguir en las filas de Carabineros.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)