La jornada del jueves, la Corte de Apelaciones de Punta Arenas confirmó la resolución de la ministra en visita para causas por violaciones a los derechos humanos del tribunal, Inés Recart Parra, que decretó el cierre del sumario en la causa por la desaparición o sustracción del menor de edad Ricardo Hárex González en 2001.
Recordemos que al joven de 17 años, alumno del Liceo Salesiano San José de Punta Arenas, se le perdió el rastro el 19 de octubre de dicho año, cerca de las 23:00 horas.
Esto, tras estar en un quincho en el cumpleaños de un amigo hasta la madrugada, y trasladarse a una estación de servicio, donde fue por última vez visto.
Ahora, tras casi 24 años, la investigación llega a su fin.
El detalle del cierre del caso Hárex
Según informó el Poder Judicial, en fallo unánime, la Primera Sala de la Corte desestimó los recursos de apelación intentados para continuar la investigación, al establecer que la diligencia solicitada por uno de los querellantes, el Instituto Nacional de Derechos Humanos, ya había sido efectuada. Además de que la solicitud del querellante particular, que representaba a los padres de Hárex, no se alegó en la vista de la causa, al no comparecer el abogado a la audiencia.
De esa forma, en el fallo, el tribunal precisa que “la diligencia solicitada por la abogada querellante representante del Instituto Nacional de Derechos Humanos, se encuentra realizada, según se desprende del informe policial N°58 de fecha quince de enero de dos mil veinte, de Policía de Investigaciones de Chile, contenido en el Tomo XXI, fojas 8196, donde aparece que se efectuó la fijación fotográfica, planimétrica y georreferencial de los domicilios de propiedad del Obispado de Punta Arenas, en el que además se acompaña el informe pericial fotográfico 5- 2019, de 21 de noviembre de 2019 junto al plano del inmueble”.
Agregando que, “en cuanto al recurso de apelación formulado por el querellante particular, representante de los padres de la víctima, al no haber consignado en su libelo las diligencias que estima pendientes, ni comparecido a estrados a señalarlas, considerando que las peticionadas en la instancia se encuentran realizadas, según se desprende de la investigación en examen, los recursos incoados no pueden prosperar”.
Así las cosas, según explicó la ministra del tribunal de alzada, Caroline Turner González, se acordó concordar “con la ministra instructora en cuanto a que, luego de 23 años y con los 23 tomos más otros tomos anexos acumulados, se encontraba, con los antecedentes con los que contamos, agotada la investigación“.