Emanuel Carrasco habría entregado información falsa, lo que produjo un retraso en todas las tareas de búsqueda y rescate de este avión.

Esta mañana se formalizó la investigación en contra de Emanuel Carrasco V., funcionario de la Fuerza Aérea de Chile (FACh), por el delito del artículo 198 del Código de Aeronáutica, que consiste en entregar información falsa.

Todo esto en el caso respecto de la ubicación del avión Hércules C-130, que transportaba a 38 personas, los que posteriormente y tras un accidente que sigue siendo investigado, perdieron la vida el 9 de diciembre del 2019.

“El día de los hechos, él, estando en ejercicio de sus funciones, vigilando, en este caso, el tráfico aéreo de la Dirección General de Aeronáutica Civil, se le consultó por la posición que tenía la aeronave. En ese momento entregó información falsa, indicó que el avión lo veía como ya llegando a la Antártica, información que era falsa, porque el avión, según los antecedentes, ya había capotado en el mar”, explicó el fiscal regional, Cristian Crisosto.

Según indicó el persecutor, la entrega de información falsa produjo un retraso en todas las tareas de búsqueda y rescate de este avión.

Hércules C-130

A Emanuel Carrasco se le impusieron las medidas cautelares de arraigo comunal y firma mensual, y se dejó un plazo de investigación respecto de los otros imputados.

El fiscal Crisosto también hizo hincapié en que la Fiscalía se encuentra realizando todo lo humanamente posible para entregar las aristas posibles de esta investigación, además, dijo que no descartan que se amplíe a otras aristas dependiendo de los antecedentes que se puedan aunar a la causa.

“La Fiscalía está comprometida con la comunidad a entregar certezas de que se va a investigar y entregar todos los hechos que puedan revestir la formalización de otro delito. Por tanto, estamos esperanzados al poder seguir con esta investigación”, agregó.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)