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La Corte de Apelaciones de Valdivia ordenó la suspensión de un gendarme sentenciado por apremios ilegítimos contra un interno en el Complejo Penitenciario de Valdivia. El cabo Luis Candia agredió al reo con golpes de pies, puños y un bastón retráctil, causándole lesiones. Tras un juicio abreviado, fue sentenciado a 61 días de prisión sustituidos por vigilancia. La defensa de la víctima logró que se le suspendiera del cargo durante la condena, buscando su baja definitiva de Gendarmería.
La Corte de Apelaciones de Valdivia ordenó la suspensión de un gendarme sentenciado por apremios ilegítimos contra un interno, a quien agredió con golpes de pies y puños en el penal de la capital regional de Los Ríos.
Este caso se remonta a febrero de 2022, cuando en una inspección efectuada en el módulo 43 del Complejo Penitenciario de Valdivia, el cabo Luis Candia abusó del cargo e incumplió los protocolos de Gendarmería.
De acuerdo con lo acreditado por la justicia, el gendarme trasladó a un interno a un sector donde no habría cámaras de vigilancia y procedió a darle golpes de pies, puños y con su bastón retráctil, generándole lesiones en la cabeza, brazos y espalda.
El funcionario de Gendarmería fue formalizado y en un juicio abreviado reconoció su responsabilidad en el hecho, por lo que el Juzgado de Garantía lo sentenció a 61 días de prisión, la que fue sustituida por la vigilancia a cargo del Centro de Reinserción Social de la misma Gendarmería.
La defensa de la víctima de los apremios ilegítimos acudió a la Corte de Valdivia para exigir que, además, se aplique la sanción accesoria de suspensión de su cargo, lo que en la primera sentencia no fue considerado por el Juzgado de Garantía.
Abogado espera que sea dado de baja
No obstante, tras una apelación, se acogió la solicitud y fue suspendido del cargo durante el tiempo de la sentencia (61 días). El abogado querellante del Centro de Investigación y Defensa Sur, Eduardo Painevilo, ahora espera que el funcionario sea dado de baja de Gendarmería.
El abogado indicó que en principio debe ser la institución penitenciaria mediante la vía administrativa la que ejecute la baja del cabo sentenciado, aunque no descartó evaluar algún tipo de recurso o acción legal para exigir que se concrete su salida.
Además, recordó que la Convención contra la tortura y otros tratos crueles, a la que está suscrita Chile, obliga a los Estados a prevenir, perseguir y sancionar este tipo de delitos, sobre todos cuando son cometidos por funcionarios públicos.
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Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
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