Sobre la solicitud del sobreseimiento del carabinero imputado por la muerte del malabarista en Panguipulli, la Corte de Apelaciones aún no tiene fecha para comunicar la decisión. En tanto, el abogado del uniformado insistió en la tesis de la legítima defensa que el funcionario ejerció ante una amenaza contra su vida ejercida con machetes.

La defensa del carabinero imputado por la muerte del malabarista Francisco Martínez en Panguipulli -región de Los Ríos- insistió en la tesis de una legítima defensa del uniformado. Esto en el contexto de la espera de la resolución de la Corte de Apelaciones por la solicitud de sobreseimiento del funcionario.

Luego de que el Juzgado de Letras y Garantía de Panguipulli decidiera suspender la audiencia donde la Fiscalía iba a comunicar su decisión de no perseverar en la causa y los querellantes iban a solicitar una acusación forzada, la defensa del sargento segundo de Carabineros, Juan González Iturriaga, volvió a asegurar que los seis disparos efectuados por el funcionario son legítimos.

Recordemos que dicha suspensión se justifica en que la Corte de Valdivia aún no comunica su decisión respecto de la solicitud de sobreseimiento presentada por la Fiscalía y la defensa del imputado. Precisamente, fue el abogado representante de González Iturriaga, Pablo Ardouín, quien dijo esperar que esto se acogido.

“Durante el curso de esta investigación se acreditó lo que ha sostenido esta defensa desde el 5 de febrero del 2021: que nuestro representado actuó para defender su vida, hizo uso legítimo de su arma de fuego frente a una agresión con machetes (…)No tenía otra opción”, indicó el abogado.

Aún se desconoce la fecha en que el tribunal de alzada comunicará su decisión, lo que podría tener un giro este jueves, cuando se revise un recurso presentado por el INDH, el cual busca reabrir la investigación por diligencias pendientes.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)