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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Funcionarios policiales de Puerto Varas e interventores en diligencias tras el fatal baleo del suboficial Mayor Javier Figueroa se sometieron a pruebas de ADN, revelando un total de más de 200 carabineros examinados en dos meses. La madre del fallecido insiste en esclarecer el caso, mientras la Fiscalía advierte sobre el art. 182 del Código Penal que protege la reserva de la investigación y sanciona su violación.

Funcionarios policiales de Puerto Varas e interventores en diligencias realizadas en las primeras horas tras el mortal baleo del suboficial Mayor Javier Figueroa, fueron sometidos a pruebas de ADN.

El dato se suma a otros conocidos durante las últimas jornadas y llegan a vulnerar el secreto investigativo que circunda la indagatoria que se inició la fatídica madrugada del 11 de marzo, cuando el carabinero resultó gravemente herido debiendo ser trasladado a Puerto Montt, donde murió una semana después en el Hospital Regional.

Otro dato anexo que se ha conocido es que, en los dos meses que han transcurrido de diligencias, más de 200 carabineros fueron sometidos a pruebas de ADN, las que buscan descartar participación en el hecho o intervención del sitio del suceso, específicamente en la vía férrea a metros de la calle San Francisco en Puerto Varas.

La madre del mártir, Marlene Manquemilla, recientemente aseguró que “voy a alzar la voz hasta que se descubra quiénes fueron los que mataron a mi hijo, porque mi hijo no se mató, lo mataron”.

Desde la Fiscalía no ha existido instancia para abordar el tema en una conversación que pueda dar espacio a preguntas, respuestas y contra preguntas, saliendo sólo la jefa del Ministerio Público en la zona, Carmen Wittwer, a recordar que el artículo 182 del Código Penal está en plena vigencia.

Asimismo, advirtió también que quien o quienes sean sorprendidos vulnerando la reserva de la indagación deberán enfrentar a la justicia.

Dicho apartado legal aborda el secreto de las investigaciones, el cual parte señalando que “las actuaciones de investigación realizadas por el Ministerio Público y por la policía serán secretas para los terceros ajenos al procedimiento”, y cierra señalando que “los funcionarios que hubieren participado en la investigación y las demás personas que, por cualquier motivo, tuvieren conocimiento de las actuaciones de la investigación estarán obligados a guardar secreto respecto de ellas”.

Entonces, en el entendido que los datos que se han revelado sean ciertos, es deber de la Fiscalía, en caso de que vea en riesgo sus acciones, perseguir lo que haya ocurrido.