La Corte de Apelaciones de Valdivia confirmó una sentencia en contra de la multitienda Falabella de Osorno, por despido injustificado de una trabajadora. La mujer habría incitado a quemar la empresa a través de redes sociales.

Los hechos denunciados se remontan a octubre del 2019, cuando la funcionaria denunció ser desvinculada por publicar en Facebook un mensaje que fue considerado por su empleadora -la empresa Servicios Generales Falabella Retail SpA- como un incumplimiento grave de obligaciones contractuales.

Según sostiene el fallo de primera instancia, que fue ratificado por el Tribunal de Alzada, el despido se funda en que la trabajadora habría publicado un mensaje que incita a que “quemen Falabella” en el marco del denominado estallido social.

Además, la mujer habría expresado “basta el abuso con sus trabajadores” en su red social, lo que a juicio de la empresa demandada constituye una vulneración grave tanto al contrato de trabajo como al reglamento interno de la empresa.

Al respecto, la jueza Laboral de Osorno acogió la demanda fundada en el incumplimiento de los requisitos del artículo 162 del Código del Trabajo, en lo que dice relación a la carta de despido.

Esto, por falta de precisión del documento, estimando que no se ha acreditado la ocurrencia de la causal de despido invocada y porque a dichas publicaciones “no es posible atribuirles la intención que el empleador pretende”.

La aludida empresa presentó un recurso de nulidad en contra de la sentencia, el que fue rechazado en fallo unánime por la Corte, ratificando la sentencia emitida el 27 de abril del 2021.

El fallo sentencia a Servicios Generales Falabella Retail SpA a pagar $9.822.090 por saldo de indemnización sustitutiva del aviso previo, años de servicio e incremento legal; $577.753 por indemnización por feriado anual y proporcional; y al pago de reajustes e intereses de conformidad con lo dispuesto en el Código del Trabajo.