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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó por unanimidad a Pelentaro Héctor Llaitul Pezoa, Juan Carlos Mardones Sáez, Luis Guillermo Menares Chanilao, Luis Darío Fuenzalida Eneros y Jorge Andrés Caniupil Coña a 7 años de presidio por delito reiterado de incendio, multa de 10 UTM e inhabilitación absoluta perpetua para cargos públicos. Además, recibieron penas por secuestro y hurto. Llaitul y Mardones fueron condenados a 541 días de prisión por porte ilegal de municiones.

Por unanimidad, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a más de 14 años de cárcel a Pelentaro Héctor Llaitul Pezoa, Juan Carlos Mardones Sáez, Luis Guillermo Menares Chanilao, Luis Darío Fuenzalida Eneros y Jorge Andrés Caniupil Coña por una serie de delitos relacionados con atentados en la región de La Araucanía, imponiéndoles penas de cumplimiento efectivo.

Al respecto, el tribunal sentenció a los 5 condenados a 7 años de presidio, el pago de una multa de 10 UTM y a las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos y oficios públicos y derechos políticos, además de la inhabilitación absoluta para ejercer profesiones titulares mientras dure la condena, en calidad de autores del delito reiterado de incendio.

Asimismo, fueron condenados a 3 años y un día de presidio, junto con las penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos y oficios públicos y derechos políticos durante el tiempo que dure la condena, como autores del delito consumado de secuestro.

A ello se suma una condena de 3 años y un día de presidio, el pago de una multa de 5 UTM y las respectivas penas accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos y oficios públicos y derechos políticos mientras dure la condena por el delito consumado de hurto.

El Tribunal también les impuso una pena de 541 días de presidio, el pago de una multa de 2 UTM y la accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena, como autores del delito consumado de hurto.

Penas de Llaitul y Mardones

Además, el tribunal condenó a Pelentaro Héctor Llaitul Pezoa y Juan Carlos Mardones Sáez a 541 días de prisión, junto con la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público mientras dure la condena por delito de porte ilegal de municiones.

Cabe recordar que en esta causa fueron acusadas las cinco personas ya mencionadas, entre ellas uno de los hijos de Héctor Llaitul, líder de la CAM, por delitos como robo con retención de víctimas, robo con intimidación, incendio, disparos injustificados, porte de arma de fuego prohibida y tenencia de municiones.