Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
Gremios y parlamentarios de La Araucanía exigen el desalojo del Fundo Pidenco en Lumaco, ocupado por comunidades afines a la CAM y donde se han impedido dos veces exhumaciones de Pablo Marchant. Empresarios turísticos locales piden solución. Diputado Jouannet insta a acción política. Multigremial propone operativo para detener armados. Corporación envió carta a dueño de Forestal Arauco.
El desalojo del Fundo Pidenco en Lumaco es lo que piden gremios y parlamentarios de La Araucanía, ya que, el predio, propiedad de Forestal Arauco, se encuentra ocupado por comunidades que simpatizan con la Coordinadora Arauco Malleco (CAM).
Por lo que, gran controversia genera la situación del Fundo Pidenco, no solo por la usurpación que se mantiene desde hace 12 años, sino que también porque en dos oportunidades se han impedido las diligencias de exhumación del exintegrante de la CAM, Pablo Marchant.
Lo anterior, preocupa a quienes viven en las cercanías del sector, sobre todo a los emprendedores turísticos de la zona que esperan que, el Estado y Forestal Arauco dueña del predio, resuelvan el conflicto que se genera en ese punto.
El presidente de la Multigremial de La Araucanía, Patricio Santibáñez, señaló que además del desalojo se debe realizar un operativo para cercar el predio y tomar detenidos a quienes portan armas.
La diputada libertaria y presidenta de la Comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara, Gloria Naveillán, aseveró que Forestal Arauco es la única que puede solicitar el desalojo del Fundo Pidenco, acusando que la empresa es responsable de la ocupación que se mantiene hace más de 10 años.
Ante las consultas de La Radio, Arauco aseguró que la nueva Ley de Usurpaciones no aplica para el caso del Fundo Pidenco, porque el delito es anterior a la entrada en vigencia de la norma, es decir, antes de noviembre de 2023.
Si bien la empresa había presentado dos denuncias por usurpaciones, una en 2016 y otra en 2018, se decidió no perseverar debido a que no se reunieron los antecedentes para formalizar la investigación o formular acusación.
En tanto, en las modificaciones introducidas a la Ley de Usurpaciones está la del artículo 157 TER, donde se menciona la “medida cautelar real especial” estableciendo que para este tipo de delitos “el Ministerio Público o la víctima (…) haya sido formalizada o no la investigación, podrán solicitar al juez que decrete el desalojo” y con el auxilio de la fuerza pública.
Por ahora, el Fundo Pidenco continuará ocupado por las comunidades que adhieren a la CAM y donde desconocidos actuaron para impedir las diligencias de exhumación de Pablo Marchant.
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