Este miércoles quedó conformada la Sala que verá el juicio contra Martín Pradenas Dürr, quien está acusado por una serie de delitos sexuales.

La jornada de este miércoles quedó conformada la Sala que deberá conocer el segundo juicio en contra de Martín Pradenas Dürr, acusado por delitos sexuales, en una noticia que se conoce luego que la magistrada Patricia Abollado Vivanco, quien presidiría la instancia, presentara su inhabilitación a la causa.

Abollado, decidió inhabilitarse de este proceso judicial para no incurrir nuevamente en un vicio de nulidad, ya que también había realizado publicaciones en torno al juicio contra el acusado.

Según el oficio enviado al Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco, la jueza compartió en Twitter diversas noticias y comunicaciones relacionadas con el tema, a través de la herramienta “retuitear” y “compartir”.

Ante ello, la Sala para el juicio contra Martín Pradenas será presidida por la jueza Rocío Pinilla Dabbadie, mientras que Jorge González Salazar se encargará de la redacción del fallo y José Ignacio Rau Atria estará como integrante.

La jornada de este martes, el Tribunal Oral en lo Penal de Temuco, región de La Araucanía, agendó para el próximo 30 de marzo a las 09:00 horas el segundo juicio contra Pradenas Dürr.

Pradenas está acusado por cuatro delitos de abuso sexual de mayor de 14 años, un delito de abuso sexual de menor de 14 años y un delito de violación a mayor de 14 años.

En ese sentido, está proyectado que la instancia tenga una duración de 37 días hábiles.

Ante ello, se estima que el segundo juicio contra Pradenas Dürr estaría concluyendo los primeros días de junio.

El acusado está cumpliendo su prisión preventiva en el Complejo de Alta Seguridad Llancahue, en la región de Los Ríos.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)