La bancada de diputados del Partido Nacional Libertario (PNL) rechazó al acuerdo adoptado por el Pleno del Tribunal Constitucional en sesión extraordinaria del 25 de junio de 2026. Dicho acuerdo, según los parlamentarios, se eligió como presidenta a la ministra María Pía Silva Gallinato “hasta el cese del ejercicio de sus funciones” y, simultáneamente y en forma anticipada, a la ministra Catalina Lagos Tschorne “por el remanente del período”, hasta el 10 de julio de 2028.
La decisión del Tribunal Constitucional fue anunciada días antes de la ceremonia de cambio de mando, encabezada por el presidente José Antonio Kast, el pasado lunes 13 de julio. En esa instancia, la ministra María Pía Silva juró como nueva presidenta del organismo, en reemplazo de Daniela Marzi, quien lideró la institución durante los últimos dos años.
El artículo 5° de la Ley N°17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, establece que el Presidente del Tribunal se elige por mayoría absoluta de sus ministros y dura dos años en sus funciones. La bancada del PNL sostiene que la ley no faculta al Tribunal para fraccionar dicho período en mandatos parciales, ni para elegir de manera anticipada y en un mismo acto a dos presidentas sucesivas.
“La ley no faculta al Tribunal para fraccionar dicho período en mandatos parciales, ni para elegir de manera anticipada y en un mismo acto a dos presidentas sucesivas, asignando a una de ellas un supuesto ‘tiempo remanente’. Esa figura, sencillamente, no existe en nuestro ordenamiento jurídico”, señala el texto de la declaración.
Argumentos constitucionales de la bancada
La declaración de los diputados del Partido Nacional Libertario cita los artículos 6° y 7° de la Constitución Política de la República. El artículo 7° dispone que los órganos del Estado actúan válidamente solo dentro de su competencia y en la forma que prescriba la ley, y que ninguna magistratura puede atribuirse autoridad o derechos que no se le hayan conferido expresamente.
A su vez, el artículo 6° impone a todo órgano del Estado el deber de someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ella.
Así, la bancada advierte que el Tribunal Constitucional, como custodio de la supremacía constitucional, se habría apartado del texto expreso de su propia Ley Orgánica al crear un mecanismo de sucesión presidencial fraccionada.
“Resulta de la máxima gravedad institucional que sea precisamente el órgano llamado a custodiar la supremacía constitucional el que se aparte del texto expreso de su propia Ley Orgánica, creando por la vía de un simple acuerdo de Pleno un mecanismo de sucesión presidencial fraccionada que el legislador orgánico jamás estableció”, señala el documento.
Del mismo modo, la bancada del PNL plantea que, si el Tribunal estima inadecuado su régimen de presidencia, la vía correcta es promover su reforma ante el Congreso Nacional, único órgano competente para modificar la Ley N°17.997, y no sustituir al legislador mediante acuerdos internos. Además, la elección anticipada de una presidenta “por el remanente” compromete la libertad del propio Pleno.
Acciones anunciadas por los diputados del PNL ante el acuerdo del TC
En su declaración, la Bancada del Partido Nacional Libertario anuncia tres acciones frente al acuerdo del Tribunal Constitucional. La primera consiste en enviar una comunicación al Tribunal para que informe el fundamento normativo preciso del acuerdo y su conciliación con el artículo 5° de la Ley N°17.997.
La segunda acción es evaluar todas las acciones institucionales que el ordenamiento franquea para restablecer el imperio de los artículos 6° y 7° de la Constitución y de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.
La tercera medida apunta a estudiar las adecuaciones legales necesarias para precisar el procedimiento de elección y sucesión de la Presidencia del TC.
“El Estado de Derecho no admite excepciones, ni siquiera —y menos aún— respecto de quienes tienen por misión custodiarlo”, concluye el pronunciamiento de la bancada.
Revisa la declaración de la bancada del PNL, aquí: