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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Contraloría General de la República autorizó a alcaldes y funcionarios municipales a adquirir elementos de protección personal ante amenazas sin necesidad de licitación. Esto se fundamenta en la Ley N° 21.802, que fortalece la seguridad municipal, y en el dictamen que establece que los municipios pueden colaborar en seguridad pública. Se destaca que los municipios deben proporcionar los elementos defensivos necesarios, siempre evaluando la necesidad y disponibilidad financiera.

La Contraloría General de la República (CGR) permitió a través de un dictamen que alcaldes y funcionarios municipales puedan adquirir elementos de protección ante amenazas a su seguridad personal sin necesidad de una licitación de por medio.

En concreto, el ente fiscalizador no advirtió inconvenientes para que las Municipalidades obtengan, de “manera excepcional y transitoria, elementos de seguridad y protección adicional para alcaldes, concejales y funcionarios que hayan sufrido y denunciado amenazas”.

La CGR fundamentó su nuevo dictamen en que, tal como se había señalado previamente en el dictamen N° E30601 de 2025, por mandato legal los municipios tienen las atribuciones para desarrollar funciones de apoyo y colaboración en el ámbito de la seguridad pública a nivel comunal.

CGR permite adquirir elementos de seguridad a alcaldes y funcionarios municipales víctimas de amenazas

Por ello es que podrán adquirir instrumentos destinados a la defensa personal de los servidores que desarrollan tales labores.

Asimismo, la Contraloría recordó la Ley N° 21.802, que modifica la Ley N° 18.695 con el objeto de fortalecer la institucionalidad municipal en materia de seguridad pública y prevención del delito.

Esta, cuya entrada en vigencia corresponde al 12 de agosto de 2026, establece en su artículo 43 que la Municipalidad deberá proporcionar a las inspectoras y los inspectores de seguridad municipal los elementos defensivos necesarios para dar cumplimiento a sus funciones.

El organismo fiscalizador sostuvo también que cabía considerar que cada municipio debe, en conformidad con su presupuesto y sus posibilidades financieras, dotar a su personal de los medios necesarios a fin de que estos puedan llevar a cabo en forma oportuna, correcta y segura las funciones que la normativa les ha asignado.

“La jurisprudencia de esta Entidad de Control ha señalado que el espacio donde los servidores ejerzan sus actividades debe reunir las condiciones mínimas de higiene y de seguridad, de manera que ellas les permitan conservar su salud y realizar adecuadamente su trabajo, a fin de dar cumplimiento al principio de dignidad de la función pública”, añadió la CGR.

“En consideración a las referidas circunstancias, procederá proporcionar, de manera excepcional y transitoria, esto es, por el lapso de tiempo en que subsista el riesgo o amenaza, los elementos de protección y seguridad adicional que se requieran”, siguió la Contraloría.

Esto, eso sí, en base a un informe o evaluación técnica y fundada, efectuada por los organismos policiales competentes y/u ordenada por el Ministerio Público, que dé cuenta de la necesidad de aumentar la protección desde la perspectiva del riesgo, siempre y cuando la respectiva institución cuente con los medios financieros para otorgar tales apoyos.

En consecuencia, no se advirtió inconveniente para que las Municipalidades adquieran elementos de seguridad y protección adicional para alcaldes, concejales y funcionarios que hayan sufrido y denunciado formalmente amenazas concretas a su seguridad personal.