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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Contraloría General de la República ha emitido un nuevo instructivo, el IN14/2026, dirigido a los ministros del gobierno de José Antonio Kast, con el objetivo de fortalecer la probidad y transparencia en el ejercicio del poder. Este documento establece directrices claras sobre conflictos de interés, control patrimonial, relaciones con privados, prescindencia política, inhabilidades e incompatibilidades, y hasta la obligación de someterse a pruebas de drogas periódicas.

El órgano fiscalizador envió un instructivo a todo el gabinete con exigencias estrictas. Refuerza el deber de abstención incluso ante conflictos “potenciales”. Advierte multas, destitución y control permanente sobre declaraciones patrimoniales. También fija límites al lobby, la actividad política y la relación con privados.

La Contraloría General de la República activó un nuevo cerco normativo sobre el actuar de los ministros de Estado, esta vez del gobierno de José Antonio Kast. A través del instructivo IN14/2026, fechado el 27 de marzo, el organismo encabezado por Dorothy Pérez impartió lineamientos directos a todas las carteras, con un foco explícito: reforzar el cumplimiento de los principios de probidad y transparencia en el ejercicio del poder.

El documento, según indicaron los que conocieron de el, no es una recomendación, es una advertencia formal. “Los Ministros de Estado (…) están sometidos al estricto cumplimiento de los principios de legalidad y probidad administrativa”, fija el texto en su apertura, recordando su rol como “colaboradores directos e inmediatos del Presidente de la República”.

Conflictos de interés

El instructivo pone el acento en uno de los puntos más sensibles de la administración pública: la imparcialidad. La Contraloría es clara al señalar que no solo los conflictos reales son problemáticos, también los eventuales.

“La jurisprudencia administrativa ha concluido que el principio de probidad tiene por objeto impedir que las personas (…) puedan ser afectadas por un conflicto de intereses (…) aun cuando aquel sea solo potencial”, establece el documento.

Bajo esa lógica, se refuerza el deber de abstención. Es decir, cualquier ministro que enfrente situaciones que “resten imparcialidad” deberá marginarse de decisiones. El listado es amplio: intereses personales, vínculos familiares, relaciones profesionales previas o incluso “amistad íntima o enemistad manifiesta”.

Declaraciones patrimoniales bajo amenaza de sanción

Otro eje central del instructivo es el control patrimonial. La Contraloría recuerda que los ministros deben presentar su Declaración de Intereses y Patrimonio (DIP) dentro de 30 días desde su nombramiento y actualizarla cada año.

El incumplimiento no es simbólico. “Al declarante infractor se le aplicará una multa… de cinco a cincuenta unidades tributarias mensuales”, advierte el texto.

Pero el riesgo escala: “Si el incumplimiento se mantiene por un período superior a los cuatro meses… se considerará falta grave a la probidad y dará lugar a la destitución”.

Intereses económicos

El documento también obliga a los ministros a tomar decisiones concretas sobre su patrimonio cuando exista riesgo de conflicto de interés. Dos caminos: delegar la administración de activos a terceros o desprenderse de ellos.

“El referido contrato de mandato constituye una solución… produciéndose una incomunicación respecto de los instrumentos específicos… para evitar cualquier conflicto de intereses, incluso potencial”, detalla el instructivo.

En paralelo, se exige la enajenación de participaciones en empresas vinculadas al ámbito de decisión del ministerio, especialmente cuando se trate de proveedores del Estado o sectores regulados.

Lobby bajo registro obligatorio

El control también alcanza la relación con privados. La Contraloría recuerda que toda gestión de lobby debe quedar registrada y publicada.

“Cada cartera de Estado está obligada a mantener (…) un registro de agenda pública en el cual se deben consignar las audiencias y reuniones sostenidas”, señala el documento.

Además, se incluyen viajes oficiales y donativos. La omisión de esta información puede derivar en sanciones económicas e incluso responsabilidades mayores si se detectan datos falsos.

Prescindencia política: línea roja

El instructivo también fija límites en materia política. Aunque los ministros son autoridades de gobierno, su actuar dentro de la administración tiene restricciones claras.

“No pueden realizar actividades ajenas al mismo, como son las de carácter político contingente, ni tampoco valerse de sus empleos para favorecer o perjudicar a determinada candidatura”, advierte la Contraloría.

Incluso las declaraciones públicas quedan bajo escrutinio: solo son válidas cuando responden a funciones propias del cargo, no cuando expresan posiciones subjetivas o partidistas.

Inhabilidades, incompatibilidades y control permanente

El documento detalla un amplio catálogo de inhabilidades: desde tener contratos con el Estado hasta litigios pendientes o vínculos familiares con autoridades del mismo organismo.

También establece incompatibilidades estrictas: los ministros no pueden ejercer como abogados, celebrar contratos con el Estado ni ocupar cargos en empresas o bancos.

A ello se suma una nueva exigencia: la obligación de someterse a test de drogas periódicos, cuyos resultados serán públicos. 

Pero la Contralora no se quedó solo en el escrito; en las páginas finales realiza una advertencia de que esto no se trata de un recordatorio administrativo, sino de una línea de control.

“Se instruye a los Ministros de Estado dar estricto y cabal cumplimiento (…) lo que será debidamente fiscalizado por esta Entidad de Control”, concluye la Contraloría.