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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Sacerdote del Colegio San Miguel de Calbuco, Javier Velázquez Ángulo, es investigado por presuntas vulneraciones de derechos sexuales a alumnas de tercero medio, lo que lo llevó a ser apartado de sus funciones en el establecimiento y la parroquia donde era capellán. Arzobispado de Puerto Montt y Ministerio Público indagan acusaciones de miradas inapropiadas y un presunto roce indebido de mano, tras denuncias de estudiantes.

Por presuntas vulneraciones de derechos de índole sexual a alumnas del Colegio San Miguel de Calbuco, un sacerdote está siendo investigado por el Ministerio Público y el Arzobispado de Puerto Montt.

Se trata de Javier Velázquez Ángulo, quien se mantendrá apartado de sus funciones mientras dure la investigación, tanto del establecimiento como de la parroquia del mismo recinto, donde desempañaba funciones de capellán.

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Al respecto, el arzobispo de la capital regional, Fernando Ramos, detalló la acusación de las estudiantes de tercero medio del recinto educacional.

“Un grupo de alumnas habían manifestado a una persona del equipo directivo del colegio que se sentía muy incómodas en la relación que tenían con el padre Javier Velázquez”, señaló.

“Básicamente miradas, forma de acercarse, y una en particular había sentido que había habido un roce inadecuado con la mano en una ocasión”, señaló Ramos.

“Todo este conjunto a nosotros nos informaron el viernes en la mañana (…) y el colegio, naturalmente, presentó esto en la Fiscalía”, concluyó.

Ahora deberá desarrollarse la investigación, tanto de Fiscalía, como del Arzobispado, para que se tomen las medidas en caso de validarse esta denuncia que pesa sobre el sacerdote que cumplía funciones en el Colegio San Miguel.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)