Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa de Juan Emilio Cheyre, excomandante en jefe del Ejército, en relación al caso de torturas en su contra. La acción judicial buscaba invalidar el proceso argumentando una presunta afectación a la presunción de inocencia por declaraciones del exministro en Vista Extraordinaria, Vicente Hormazábal, en el periódico "El Día". A pesar de ello, el tribunal desestimó la solicitud al no encontrar evidencia irrefutable del supuesto vicio en la ejecución del acto, manteniendo la condena de cinco años de presidio -con libertad vigilada- por complicidad en 15 asesinatos en la "Caravana de la Muerte. Episodio La Serena". Los querellantes Adriana Rojas, Karina Fernández y Cristián Cruz reaccionaron positivamente ante la decisión, destacando la persistencia de la defensa de Cheyre pese a los argumentos en su contra. Cristián Cruz lamentó la dilación en la justicia para las víctimas, algunas de las cuales han fallecido durante la espera, mientras Cheyre permanece en libertad a pesar de la condena en su contra.
La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó el recurso de nulidad presentado por la defensa del excomandante en jefe del Ejército, Juan Emilio Cheyre, respecto al caso de torturas en su contra.
En concreto, la acción judicial apuntaba a invalidar el proceso en contra de Cheyre debido a una presunta afectación a la presunción de inocencia. Esto, por declaraciones del otrora Ministro en Vista Extraordinaria, Vicente Hormazábal, en el periódico “El Día”.
“Cheyre sabía lo que pasaba adentro. Esa es la convicción que tengo”. Estas fueron las palabras de Hormazábal, quien procesó al excomandante cinco años atrás. En base a estas se presentó el recurso de nulidad, alegando que se afectó el “debido proceso, al dictarse resoluciones con una convicción previa adquirida y no dentro del marco de una progresión probatoria que es la lógica del Código de Procedimiento Penal”.
No obstante, desde la Corte rechazaron la solicitud, dado que no existen “antecedentes que permitan establecer irredargüiblemente la existencia del vicio al momento de la ejecución del acto y considerando el principio de conservación de los actos procesales”.
Recordemos que Cheyre fue condenado a cinco años de presidio -con el beneficio de libertad vigilada- por ser cómplice de 15 asesinatos en el denominado caso “Caravana de la Muerte. Episodio La Serena”.
Reacción de los querellantes
Tras el dictamen de la Corte, los abogados querellantes Adriana Rojas, Karina Fernández y Cristián Cruz reaccionaron positivamente. Este último destacó que es la “cuarta ocasión” en que la defensa intenta derribar la causa, pese a “argumentos contundentes” en contra del excomandante.
“Evidentemente que la resolución de la Corte la valoramos. Se ajusta absolutamente al mérito del proceso y todo esto solo dilata la necesaria llegada de justicia para las víctimas, algunas de las cuales han fallecido en esta larga espera, mientras el señor Cheyre puede caminar tranquilo por las calles de Santiago o de cualquier lugar del país, a pesar de estar condenado por un caso de 15 ejecuciones“, sentenció.
Revisa la resolución de la Corte a continuación:
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Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
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