La quina quedó conformada por Juan Manuel Muñoz Pardo, Jorge Saéz Martin, Jacqueline Nash Álvarez, Roberto Conteras Olivares y Jorge Pizarro Astudillo.

La Corte Suprema elaboró la quina de nombres que desde ahora se disputan el cargo de fiscal judicial del máximo tribunal, con el fin de llenar la vacante dejada por Lya Cabello Abdala.

El Pleno del máximo tribunal escuchó a los postulantes del cargo y luego se reunió para realizar la votación quedando la cinquena formada por (en orden de votación):

Juan Manuel Muñoz Pardo, ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago. Incluido por derecho propio.

Jorge Sáez Martin, secretario de la Corte Suprema. 11 votos.

Jacqueline Nash Álvarez, fiscal judicial de la Corte de Apelaciones de Valparaíso. 8 votos.

Roberto Contreras Olivares, ministro de la Corte de Apelaciones de San Miguel. 6 votos.

Jorge Pizarro Astudillo, ministro y actual presidente de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt. 6 votos.

La quina fue enviada al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para continuar con el proceso de nombramiento.

Cabe recordar que la abogada Lya Cabello Abdala, dejó la Corte Suprema, y el cargo de fiscal judicial, tras 42 años de servicio, y al momento de decir adios aseguró que “el ejercicio de nuestra función es duro, pero siempre estamos para apoyarnos y ayudarnos. Ha sido una hermosa familia”.

“Cuando llegué, su objetivo y fin no estaba del todo claro. Mas bien se alzaban las voces para que se terminara. Hoy creo que nadie duda del valor que tiene contar con un órgano formado por jueces de carrera que cumpla funciones de fiscalización al interior del Poder Judicial. En eso queda un gran camino, mucho que estudiar y que aprender. La fiscalización y revisión permanente de nuestra conducta funcionaria es indispensable”, resaltó.

Por otra parte, y según el artículo 353 del Código Orgánico de Tribunales, al fiscal judicial le corresponde “vigilar por sí a los ministros o fiscales judiciales de las Cortes de Apelaciones, y por sí o por medio de cualesquiera de los fiscales judiciales de las Cortes de Apelaciones, la conducta funcionaria de los demás tribunales y empleados del orden judicial, exceptuados los miembros de la Corte Suprema”.