Legislar, modificar artículo o ingresar un proyecto. Esas son las propuestas de parlamentarios de oposición para respaldar el "Criterio Valencia" en caso de que existan discrepancias entre los jueces que aplican la medida.

Parlamentarios de oposición propusieron legislar si es que existen discrepancias a la hora de aplicar la prisión preventiva para extranjeros detenidos e indocumentados. Medida conocida como “Criterio Valencia”.

El diputado y miembro de la Comisión de Seguridad de la Cámara Baja, Andrés Longton (RN), destacó el instructivo anunciado por el fiscal nacional, Ángel Valencia. Sin embargo, afirmó que si hay divergencias para aplicarla, se debería legislar.

“Es razonable y de sentido común que el Fiscal Nacional haya instruido a los fiscales para que pidan prisión preventiva o amplíen el plazo de detención en casos donde hay migrantes irregulares indocumentados que han cometido graves delitos”, dijo el parlamentario.

Así también señaló que “espero que esta postura sea replicada en todo Chile y si hay discrepancias de criterios, vamos a tener que legislar al respecto”.

“Quien incumple las leyes ¿por qué tiene que tener una situación de privilegio? Al contrario, tiene que aplicarse la ley como a cualquier persona, sobre todo en casos de personas que ingresan por pasos no habilitados y vienen a delinquir a nuestro país”, manifestó Longton.

En esta línea, su par de RN, José Miguel Castro, cuestionó que “¿a usted le parece lógico que cuatro extranjeros, en este caso venezolanos, hayan quedado en libertad después de que fueron fiscalizados y encontrados en un auto robado, con patente adulterada? a mí no me parece lógico”.

“Es justamente lo que buscaba el “Criterio Valencia”, el criterio del fiscal nacional, que no fue contemplado por un juez en Concepción. Es por eso que lo que estamos haciendo es legislar para enmarcar a los jueces y que no dejen nunca más a una persona, cualquiera sea el documento que ellos entreguen -si es que no es emitido por una autoridad chilena- lo dejen en prisión preventiva”, añadió el diputado de oposición.

“El anhelo del fiscal nacional”

Por su parte, el diputado de la UDI, Jorge Alessandri, dijo que “sabíamos que lo de Valencia era una aspiración, sabíamos que los fiscales lo iban a pedir, pero los jueces de garantía podían otorgarlo o no”.

“Nos reunimos ayer con el diputado Leiva, junto al fiscal nacional, y queremos presentar en estos días un proyecto de ley que transforme ese anhelo del fiscal nacional, en una obligación para el juez de garantía. Si usted está indocumentado y además es imputado por un delito, que pase directamente a prisión preventiva”, explicó el legislador.

“Criterio Valencia”

Por su parte, la senadora de Demócratas, Ximena Rincón, ingresó un proyecto de ley que respalde el “Criterio Valencia” y evite que la medida respaldada por fiscales regionales sea revertida por jueces que no comparten del todo aplicar el artículo 140 del Código Procesal Penal, (que establece medida cautelar personal de prisión preventiva para indocumentados detenidos por algún delito).

La iniciativa de la parlamentaria modifica dicho artículo, estableciendo la condición migratoria irregular como indicio calificado de peligro de fuga.

“En los últimos casos ha existido un criterio dispar entre jueces de garantía que no estiman procedente la medida cautelar, lo que ha sido revertido por las respectiva Cortes de Apelaciones. Para evitar la discrepancia entre jueces y Cortes, venimos en presentar este proyecto de ley que establece el criterio de condición migratoria irregular para estimar procedente la prisión preventiva, ante la imposibilidad muchas veces de comprobar identidad, lo que puede constituir peligro de fuga. Todo coincidente con la legislación actual del Código Procesal Penal”, precisó la senadora y presidenta del partido en formación Demócratas.

En esta línea, se plantea agregar en el artículo 140 del Código Procesal Penal, un inciso segundo nuevo del siguiente tenor:

“Se entenderá especialmente que la prisión preventiva es indispensable para evitar la fuga del imputado cuando se trate de un extranjero que se halle en condición migratoria irregular de acuerdo con el número 4 del artículo 1 de la ley N°21. 325 o se encontrare en algunas de las hipótesis que el artículo 127 del mismo cuerpo tipifica como causales de expulsión del país”.