El afectado sólo había recibido la visita domiciliaria de una ejecutiva de la isapre que le ofreció planes de salud. Como estaba en Fonasa, cuando acudió a la salud pública le notificaron que figuraba vinculado a Banmédica.

Un prevencionista de riesgo de Santa Juana, región del Bío Bío, estaba afiliado a Fonasa, pero en cada ocasión que recurría a la salud pública de su comuna le notificaban que debía pagar un determinado arancel por pertenecer a la isapre Banmédica.

De acuerdo a un fallo judicial en primera instancia, lo anterior lo corroboró cuando a su domicilio le comenzaron a llegar las cobranzas de la isapre.

Sin embargo, acusó, él nunca se afilió a dicha entidad y sólo había recibido la visita domiciliaria de una ejecutiva que le ofreció planes de salud: no hubo firma de contrato, sólo estampó su rúbrica en un documento que acreditaba que la ejecutiva lo había visitado en terreno.

Tras una serie de pruebas que fueron presentadas, la justicia determinó que el afectado fue afiliado a forma irregular a la isapre.

En los peritajes, además, se comprobó que la firma del contrato no era la del supuesto afiliado y que ésta había sido falsificada.

En virtud de lo expuesto, y luego de varios procedimientos, el caso escaló hasta la Corte Suprema, la cual confirmó que se realizó una afiliación irregular del hombre a la isapre Banmédica. Le ordenó indemnizarlo con la suma de $3.000.000 por concepto de daño moral.

Si bien la institución de salud previsional se defendió argumentando el mal actuar de la ejecutiva, el fallo remarcó que Banmédica tenía la “responsabilidad administrativa y contractual ante la Superintendencia de Salud y los afiliados por todos los actos, errores, omisiones o infracciones a la normativa vigente, que cometa el agente de ventas en el ejercicio de sus funciones”.