Un militar que cumple sentencia en Punta Peuco, condenado por homicidio por la denominada Caravana de la Muerte, recurrió a la Corte Suprema para pedir el beneficio de libertad condicional. Sin embargo, el máximo tribunal respaldó la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago y rechazó el recurso del uniformado.

La Corte Suprema rechazó un recurso de amparo a favor de un militar que se encuentra cumpliendo condena en el penal de Punta Peuco, por lo que no podrá optar al beneficio de libertad condicional.

La acción del uniformado buscaba revertir la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago, que también había rechazado su petición.

Cabe mencionar que el involucrado se encuentra cumpliendo sentencia por homicidio en el caso conocido como Caravana de la Muerte, específicamente en la comuna de Curicó.

En ese sentido, la Segunda Sala de la Corte Suprema consideró que no hubo actuar arbitrario al negar el beneficio. Esto, ya que se cumplen los requisitos exigidos por el Estatuto de Roma para las violaciones a los derechos humanos.

“El Estatuto de la Corte Penal Internacional de 1998, también llamado Estatuto de Roma, es un tratado internacional ratificado por Chile en 2009. Este instrumento establece una jurisdicción complementaria a las jurisdicciones penales nacionales para perseguir los más graves delitos internacionales, entre ellos, los de lesa humanidad”, señala el fallo.

El documento agrega que “la consideración de estas reglas constituye un estándar internacional exigible para la ejecución de toda condena por los referidos ilícitos; de tal modo que las reglas del derecho interno han de interpretarse conforme al derecho internacional de los derechos humanos, y entre las interpretaciones posibles, debe preferirse la que coincida de mejor manera con este último”.

Finalmente, cabe señalar que la decisión no fue unánime, pues contó con el voto en contra de dos ministros.