Una grave denuncia apunta contra la plataforma “Tu empresa en un día” del Ministerio de Economía, la cual promete a los usuarios registrar electrónicamente sus empresas y sociedades de forma fácil, rápida, segura, barata y confiable.

Este último punto es el que está fuertemente cuestionado luego de que se diera a conocer que el servicio modificó unilateralmente los estatutos suscritos por socios de empresas mediante el sitio web y validados mediante el uso de su Firma Electrónica Avanzada o la de un notario público y la firma de un representante del Ministerio de Economía.

Fue el abogado consultor en Derecho y Tecnologías, Carlos Reusser, quien descubrió y denunció la anomalía comparando la copia de 2018 del certificado de estatutos suscrito por uno de sus clientes con una nueva versión disponible en el sitio, la cual databa de 2019.

Revisándola, se dio cuenta de que “el documento había sido adulterado y le faltaban múltiples disposiciones, desapareciendo de golpe, entre otros, un gerente, un representante legal y ciertas reglas especiales establecidas por los socios sobre cómo querían llevar adelante la gestión de la empresa. Y para todos los efectos legales, la copia adulterada decía que ella era la auténtica, aun cuando los socios de la empresa habían consensuado un texto diferente”.

Versión 2018
Versión 2018
Versión 2019
Versión 2019

Según relató, llamó al call center de la plataforma para preguntar por la adulteración, a lo que le respondieron “despreocupadamente” que así fue resuelto en agosto de 2018, cuando se eliminaron los artículos y disposiciones transitorias. “Total, me decía, ‘por algo son transitorios"”, le explicaron.

En efecto, así fue informado por la plataforma en su apartado de “Novedades“, anuncio que fue eliminado tras la denuncia, al cual aún se puede acceder mediante el caché de Google.

Anuncio antes de ser eliminado
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“Finalmente el asesor telefónico me señaló que habían decidido el cambio por presión de los bancos, a los cuales no les gustaban las disposiciones transitorias que acordaban las personas en uso de sus derechos”, continuó Reusser.

Hacia las 13:00 horas de este miércoles, la situación había sido resuelta. Sin embargo, según explica Reusser a BioBioChile, el problema persiste dado que aún existe la posibilidad de que el Ministerio de Economía elimine modifique unilateralmente el documento.

Esto último, por cuanto los funcionarios detrás de la plataforma pueden todavía anexar la firma electrónica a cualquier otro documento.

Falsos

Para Reusser, la modificación unilateral califica directamente como “falsificación”, citando el artículo 193 del Código Penal en que se constata que “será castigado con prisión de 3 a 10 años de cárcel el empleado público que, abusando de su oficio, cometiere falsedad dando copias fehacientes de un documento diferente del que consta en el verdadero original”.

En este caso, plantea Reusser, la situación fue clara: “un funcionario público está entregando como auténticos ‘certificados’ de documentos que son deliberadamente diferentes de los que suscribieron los socios”.

El abogado especialista en derecho y tecnología, Andrés Pumarino, está de acuerdo con Reusser que la situación es “preocupante”, dado que pone en duda la certeza jurídica que da la plataforma. Es decir, da pie a la probabilidad de que el documento presentado por la plataforma no sea realmente el que firmaron los socios, o que represente realmente a quienes dice representar, complicando la situación para quien esté evaluando hacer negocios con la empresa.

“Para cualquier operación de comercio es fundamental que los documentos no se alteren ni modifiquen posteriormente, o tener un mecanismo que uno pueda estar verificando la constitución de las ’empresas en un día"”, explica.

Respecto de qué beneficio puedan traer a los bancos la eliminación de los artículos desaparecidos, Pumarino aventura que el problema puede estar en el proceso de verificación de las facultades que tienen los representantes de la sociedad, de los antecedentes legales, entre otros aspectos evaluados por las entidades bancarias.

Esto es importante a la hora de postular a créditos, a cuentas corrientes u otros servicios bancarios.

Reusser explica otro escenario en que esto puede dar problemas a los socios de la sociedad cuyo documento se vea modificado: “que alguien realice actuaciones en nombre de la empresa porque todos entienden que es el representante legal, pero después no puede probar que lo es y termine demandado por estafa pues su designación desapareció, como si nunca hubiera existido”.

La denuncia ya tiene repercusiones políticas, con el senador y excandidato presidencial Alejandro Guiller anunciando que oficiará al ministerio por el caso.

La respuesta de Economía

Desde el ministerio respondieron a la acusación asegurando que “los estatutos sociales registrados en el RES, tal y como fueron suscritos, nunca han sido adulterados”, defendiendo que las versiones anteriores aún están disponibles en la plataforma (aunque este no es el caso para los terceros que busquen acceder a ellos) y afirmaron que el servicio está facultado para mostrar un “certificado de estatuto actualizado” de las sociedades.

“En el caso de las sociedades por acciones, dado que para el RES no es posible conocer con certeza quiénes son los actuales accionistas de una sociedad, ya que ello no requiere una modificación de los estatutos, es que el RES decidió modificar los criterios mediante los cuales los accionistas (vigentes o no) son citados en el ‘certificado de estatuto actualizado"”, argumentaron desde la cartera.

Es por esto que se decidió excluir del certificado, y no del registro -enfatizan- “la referencia a los artículos transitorios de los estatutos de las sociedades por acciones que incluyen el estado de los accionistas”.

El problema ya habría sido detectado por el ministerio, por lo que se ingresó el mismo mes de agosto un proyecto de ley al Congreso para dar solución “estableciendo un soporte legal para obtener la certeza necesaria sobre los accionistas vigentes de una sociedad”.

Finalmente, a fin de evitar confusiones se optó por restituir en el certificado de estatuto actualizado “la referencia sobre estos artículos transitorios de los estatutos de las sociedades por acciones ya señalados, manteniendo, como se ha hecho hasta la fecha, expresa mención a que dicho certificado no acredita la composición actual de los accionistas de una sociedad”.

Sin embargo, afirmaron que se instruyó “una investigación sumaria para detectar eventuales responsabilidades administrativas e infracciones a los deberes funcionarios si los hubiera en este caso.

Desde el Ministerio de Economía no se refirieron en su declaración a la presunta participación de la banca en la decisión cuestionada.