La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó a una ingeniera comercial que restituya el dinero otorgado por la Comisión Nacional de Investigación Científica y Tecnología (Conicyt) para solventar una beca de estudios en el extranjero, luego que reprobara un ramo.

La Novena Sala rechazó en forma unánime el recurso de casación en la forma presentado por la profesional, por lo que deberá devolver los US$40.237 -más de $27 millones- que le habían sido otorgados para cursar un doctorado en Barcelona.

Lo anterior, porque en una de las cláusulas del convenio que otorga el Ministerio de Educación, a través del programa Becas Chile, se indica que el becario tiene la obligación de “mantener un desempeño académico de excelencia y dedicación exclusiva en sus estudios de postgrado durante su permanencia en el extranjero”.

En el contrato se detalla también que Conicyt “está facultada para disponer el termino anticipado de la beca y solicitar la restitución de los fondos entregados, en caso de que él o la becaria no de cumplimiento a las obligaciones precedentemente descritas”.

“Que, en este contexto, la sentencia aparece congruente con lo esgrimido por los intervinientes, en especial, cuando razona al efecto de la documentación administrativa técnica agregada en términos de haberse reprobado un ramo del programa de Doctor”, sostiene el fallo del tribunal de alzada capitalino.

Quien representa en esta causa los intereses de Conicyt es un abogado procurador fiscal del Consejo de Defensa del Estado.

Por su parte, la defensa de la mujer alegó que no procedía el cobro, porque su representada no había reprobado ningún módulo, que era lo que se calificaba y la nota que ella debía enviar al final de cada periodo, sino reprobó sólo una asignatura de uno de los módulos, lo que le permitía continuar estudiando el segundo año del programa.