El pasado jueves 16 de agosto el presidente Sebastián Piñera firmó el proyecto de Ley Mortinato. Bajo el lema “Tu nombre es mi recuerdo”, el Gobierno anunció -en una emotiva ceremonia- que el objetivo de la norma será permitir a los padres el registro e individualización de aquellos hijos que nacen muertos.

Sin embargo, diversas publicaciones en redes sociales sugerían que lo propuesto por Piñera ya estaba normado. “Lo anterior se encuentra regulado hace más de una década en la Norma Técnica 86, de 2006, del Ministerio de Salud”, decía uno de los varios comentarios que se viralizaron rápidamente y que aseguraban que el proyecto anunciado por la actual administración era un sinsentido propagandístico, que prometía regular lo que ya estaba regulado.

¿Qué hay de cierto en estas acusaciones? ¿Cómo se procede en Chile actualmente ante los mortinatos? ¿Hay alguna novedad en lo anunciado por el Gobierno?

Lo que existe

“Normas y procedimientos para el registro de las defunciones fetales y de recién nacidos”, es el nombre de la -hasta ahora- poco conocida norma general técnica Nº 86 del Ministerio de Salud, vigente efectivamente desde 2006.

Pero, tal como explicó a nuestro medio Lorena Recabarren Silva, subsecretaria de Derechos Humanos -institución que tramita el proyecto-, estas disposiciones sólo resuelven el tema desde una visión práctica, que busca permitir a la familia el retiro del cuerpo.

En la normativa actual se lee la obligación de médicos y matrones de extender, en el mismo formulario de defunción, el certificado del hecho, que cumple un rol en la estadística de mortalidad fetal nacional.

Con dicho documento, los padres pueden concurrir en un plazo de 72 horas al Registro Civil donde hoy ya se da inscripción del mortinato, pero figurando sólo el nombre de la madre. El cuerpo se inscribe siempre como NN, del latín Nomen Nescio que describe a una persona sin nombre.

El Registro Civil, a su vez, entrega un pase de sepultación con el cual los padres vuelven al recinto médico a pedir el cuerpo de su hijo. Si no es retirado el mortinato, los datos pasan de oficio al ministerio, donde se elabora una estadística mensual.

“Durante todo el trámite tu hijo es un NN. Además, y no por malas intenciones, sino que por un lenguaje médico, se habla de desecho orgánico, material orgánico; y tú como madre y padre lo único que quieres es dar un nombre. Tenemos casos de mamás que nos han dicho que ya tienen dos lápidas con su nombre”, lamentó la subsecretaria, a pesar de que algunos cementerios ya permitirían personalizar la tumba en cuestión.

El cambio

Conforme indicó Lorena Recabarren, este es un proyecto con un fundamento fuertemente emotivo, que permitirá validar un nombre del mortinato ante la institucionalidad chilena, acabando así con los NN y entregando consistencia al recuerdo de padres con los cuales el estado chileno mantenía una deuda y que suman cerca de 2 mil casos anuales.

“La idea es que, una vez publicada la ley, haya un plazo de 6 meses para adecuar los reglamentos necesarios, tanto en el Registro Civil como en el Ministerio de Salud. Tiene que haber un proceso de formación respecto de los funcionarios, que hasta ahora sólo manejan una norma técnica que tiene que ver con la entrega de un cuerpo, sin mirada de derechos humanos”, especificó la subsecretaria.

“Pasado este tiempo y entrada en vigencia la norma, los padres a futuro, y los que ya pasaron por esta situación y guardan el certificado de defunción, podrán ir al Registro Civil y podrán inscribir un nombre en el registro de mortinatos, aunque pasara años atrás. Podrán dar un nombre y los apellidos que hubiese tenido el niño”, agregó.

El ministro de Salud, Emilio Santelices, aclaro un último aspecto indicando que serán sujetos de inscripción aquellos mortinatos que se desprenden de la placenta, lo cual ocurriría -según la autoridad- desde la séptima semana de gestación.

¿Cuándo comienza la vida?

Un último aspecto aclarado por la autoridad a cargo del proyecto de Ley Mortinato es que esta nueva legislación no busca inmiscuirse en la polémica que busca determinar desde cuándo se es persona.

“El proyecto es sólo poder nombrar, no marca debate en torno al comienzo de la vida”, afirmó la subsecretaria. “Para el derecho civil, se es persona al vivir un momento separado de la madre, desde allí se pueden tener atributos de la personalidad, entre ellos el nombre (hasta hoy)”, precisó.

BioBioChile se comunicó con el Ministerio de Salud para profundizar en los alcances de la norma 86 ya citada. Desde la cartera se habían comprometido a tratar el tema, pero finalmente no se entregó una respuesta, amparados en que la gestión del proyecto depende del Ministerio de Justicia.