¿En qué usar el aguinaldo navideño? Esa es la cuestión que a veces toca elegir en esta Navidad, donde la opción de comprar comida para la cena del 24 o pagar deudas “no da lo mismo”.
Bajo este contexto, Mercado Pago realizó una encuesta en Chile donde se reveló que quienes recibirán aguinaldo navideño, la mayoría (42%) lo usará efectivamente para comprar regalos.
Sin embargo, un considerable 31% lo destinará a pagar deudas, mientras que un 18% lo llevará a ahorro y otro 9% para vacaciones.
Uso del aguinaldo navideño en Chile
Ahora bien, según el sondeo de la plataforma, un 24% dijo que ya recibió o recibirá el aguinaldo de diciembre, un 22% no sabe si lo tendrá y un 54% no tendrá este pago extra.
De quienes sí lo tienen, un 88% son trabajadores dependientes con contrato, por lo que, según Mercado Pago, se confirma la tendencia de que el aguinaldo se asocia, principalmente, a empleos formales.
¿Y cuánto paga el aguinaldo? Más de la mitad (56,7%) de quienes respondieron la encuesta apuntan a un depósito de $61 mil o más, seguido de entre $31 mil y $60 mil (25,2%) y un 18,1% entre $30 mil o menos.
Además, mientras el 83% prefiere la transferencia bancaria como vía de depósito a cuentas bancarias (60%) o digitales (23%), un 12% sigue prefiriendo el efectivo y un 5% otros formatos.
Según el director senior de Mercado Pago, Matías Spagui, las personas “valoran cada vez más la rapidez y seguridad al momento de recibir su dinero”, a la vez que “la preferencia por transferencias y cuentas digitales muestra cómo ha evolucionado la forma en que los chilenos administran sus ingresos, incluso en beneficios tradicionales como el aguinaldo”, sentenció en un comunicado.
La encuesta fue aplicada a más de 2 mil personas, mayores de 18 años, a lo largo del país, donde un 44% provenía de la región Metropolitana y el resto de regiones. En general, el aguinaldo fue catalogado como algo esencial para los gastos de diciembre, puntuando el beneficio con una nota de 4,1 en una escala de 1 a 5.
Según la Dirección del Trabajo (DT), este beneficio (sea el de septiembre o diciembre) no es en sí una obligación legal.
Con todo, se puede pagar si está pactado en el contrato individual de trabajo o en un anexo del mismo; en un contrato colectivo o incluso, si no está en una de las dos opciones pero sí se ha pagado de forma reiterada en el pasado, se entenderá como un “derecho adquirido” y el empleador deberá pagarlo obligatoriamente.
Además, el aguinaldo “se puede acordar en dinero, en una canasta familiar o en una combinación de ambos”, y la empresa debe mantener tanto el monto, forma y fecha en que se pague, según lo acordado.