En términos simples, beneficiará a miles de personas que eligen como destino Brasil o Chile, permitiéndoles comunicarse a los mismos precios que pagan en su país de origen.

El Gobierno, a través de la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel), informó que Chile y Brasil acordaron que se aplicará tarifa local al servicio de roaming internacional entre ambos países, incluyendo los minutos, datos y mensajes según los términos de los contratos suscritos en sus respectivos países de origen.

La medida comenzó a regir ayer martes.

En términos simples, beneficiará a miles de personas que eligen como destino Brasil o Chile, permitiéndoles comunicarse a los mismos precios que pagan en su país.

Eso, además, sin necesidad de adquirir una simcard, ni contratar bolsas de roaming internacional.

El ministro de Relaciones Exteriores, Alberto Van Klaveren, destacó que esta medida deriva del Acuerdo de Libre Comercio entre ambos países.

Su par de transporte y Telecomunicaciones, Juan Carlos Muñoz, profundizó que Chile y Brasil “tienen un intenso intercambio de viajeros, ya sea por vacaciones o trabajo, que podrán desde ahora beneficiarse de tarifas locales estando de viaje”.

“Esperamos replicar este tipo de acuerdos en el futuro con otros países de la región, eliminando esta barrera”, añadió.

El subsecretario de Telecomunicaciones, Claudio Araya, dijo que este hito se logró “gracias al trabajo realizado por los equipos técnicos”.

“Además del impacto que tiene en el comercio y el turismo, hoy actualizamos la relación de ambos países en materia de telecomunicaciones avanzando hacia un nuevo estándar internacional”, mencionó.

Principales aspectos del acuerdo

-Los proveedores que presten servicios de telecomunicaciones de telefonía móvil y de transmisión de datos móviles deberán aplicar a sus usuarios que utilicen los servicios de roaming internacional en el territorio brasileño, las mismas condiciones, prestaciones y precios que cobren por los servicios móviles en Chile, de acuerdo a la modalidad contratada por cada usuario.

-Las agencias reguladoras (Subtel en Chile y Anatel en Brasil) elaboraron en forma conjunta la dictación de normativa para la implementación técnica de este acuerdo.

-En la normativa mencionada se considera como razonable y por lo tanto no sujeto a cobros adicionales la utilización del servicio de roaming internacional por un plazo de hasta 90 (noventa) días continuos o 120 (ciento veinte) días no continuos, en el mismo año calendario.

*Fuente: Subtel.