Ayer miércoles la Tercera Sala de la Corte Suprema aumentó las multas para tres cadenas de supermercados por coludirse en el precio de los pollos.

Sobre SMU (controladora de Unimarc), Cencosud (Jumbo, Santa Isabel) y Walmart (Lider) pesará una multa de 29.568 Unidades Tributarias Anuales (UTA), es decir, cerca de US$21,1 millones ($17.869.590.000 en pesos chilenos).

Conforme al fallo, las empresas infringieron artículos de la ley “al haber participado del acuerdo destinado a fijar, por intermedio de sus proveedores, un precio de venta para la carne de pollo fresca en supermercados, igual o superior a su precio de lista mayorista, al menos entre los años 2008 y 2011”.

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Durante las últimas horas, dos de las cadenas aludidas emitieron declaraciones públicas luego que la Corte determinara aumentar la multa que inicialmente era de 13.947 UTA.

SMU fue tajante en indicar que no comparte el fallo e informó su “profunda convicción de no haber participado en ninguna coordinación de precios con nuestros competidores”.

La firma agregó que la Corte omitió la colusión de los productores de pollo “y por la cual se le aplicaron a cada uno, la multa máxima posible de ese tiempo, y de cuya acusación nace la investigación a supermercados”.

La empresa explicó que ingresó a la industria supermercadista a fines de 2007, con una participación de 4%, en un mercado “altamente concentrado en dos actores”.

“En ese escenario, no hace ningún sentido creer que SMU podría concertarse con otros actores supermercadistas dominantes, dado que el propósito era crecer y ganar participación de mercado. Un acuerdo hubiera significado renunciar al propósito de alcanzar un tamaño que le permitiera a la compañía ser sostenible en el largo plazo”, aseguró.

En consecuencia, “concertar precios no hacía ningún sentido con la estrategia de SMU”, que entre 2008 y 2011 “era un entrante” en el mercado, reiteró.

Conforme a la empresa, el fallo le atribuyó una participación de 20,5%, “es decir, tres veces superior a la que realmente contaba prácticamente durante todo el periodo mencionado, porcentaje que solo obtuvo a fines de septiembre de 2011, luego de la fusión con Supermercados del Sur”.

SMU sostuvo que el monto de la multa aplicada es a su juicio “desproporcionado respecto a la participación real que tuvo durante ese periodo” y reiteró que siempre ha tenido “un férreo compromiso con sus clientes y la libre competencia”.

Por su parte, desde Walmarte Chile indicaron que si bien acatarán el fallo, “lamentan la decisión adoptada por la Corte Suprema, referida a conductas ocurridas entre 2008 y 2011, hace ya una década”, bajo otra representación administrativa y legal.

“En el transcurso del proceso se entregaron argumentos sólidos, que avalan el correcto actuar de la compañía, el que incluye la prohibición tajante para sus ejecutivos de pactar con los proveedores los precios de venta”, añadió la empresa.

Por último, Walmart Chile indicó que opera cumpliendo con la normativa, bajo un programa ético y con un “compromiso intransable con la libre competencia y la necesidad de que los precios sean fijados libre y autónomamente”.