Por más de tres horas el Senado sometió a votación los artículos que faltaban para despachar el proyecto que endurece las medidas para controlar el consumo de tabaco en el país. La norma pasa ahora a la Cámara de Diputados para su segundo trámite legislativo.

La norma busca proteger a la población de las consecuencias nocivas para la salud que tiene el consumo de cigarrillos, limitando su comercialización y fabricación.

En esta jornada, los senadores aprobaron la prohibición de comercializar cigarrillos con sabores reconocidos por niños, como el cacao, menta o vainilla, entre otros; y la fabricación y venta de golosinas, juguetes o cualquier producto que asemeje o tenga forma de pipa, cigarrillo u otro producto de tabaco.

Se aprobó también que la venta de tabaco a menores de 18 años será sancionado con multa de 3 a 50 unidades tributarias mensuales y la clausura temporal del local comercial.

“Si la infracción es cometida por una persona natural o jurídica perteneciente a la industria tabacalera la multa aplicable será de 30 a 300 unidades tributarias mensuales”, agrega el artículo, advirtiendo que en caso de reincidencia, “la multa se duplicará y se podrá decretar la clausura definitiva y la cancelación de la patente municipal respectiva del establecimiento, comercio o lugar donde se cometió la infracción”.

Por otro lado, los senadores rechazaron el artículo que obligaba a las compañías tabacaleras a responder “solidaria y objetivamente de todo perjuicio causado por el consumo de tabaco”.

El proyecto además imposibilita el consumo en áreas de recreación, parques, plazas y áreas silvestres protegidas; y se fija el establecimiento de lugares especiales para fumar en espacios públicos costeros, ya que las playas también serán sometidas a fiscalización.

Por último, los conductores de vehículos tendrán la prohibición completa de fumar mientras manejan.