En la Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago se registró la audiencia por los recursos de nulidad presentados contra el fallo del Cuarto Tribunal Oral en lo Penal que desechó el delito terrorista en el juicio contra de Luciano Pitronello quien quedó condenado a seis años de libertad vigilada por daño, infracción a la Ley de Armas y uso de placa patente falsa.

El joven protagonizó el atentado a la sucursal del banco Santander ubicada en calle Vicuña Mackenna, cerca de de avenida Matta, el uno de junio del año pasado, donde resultó con el 70 por ciento de su cuerpo quemado al estallarle en sus manos el artefacto explosivo que portaba.

El fiscal jefe de la zona sur, Raúl Guzmán, fue el encargado de relatar los argumentos del Ministerio Público para intentar anular el fallo que absolvió de delitos terroristas a Pitronello, con el fin de que la Corte de Apelaciones ordene la realización de un nuevo juicio.

Guzmán argumentó que hubo una errónea calificación jurídica de los hechos por parte de los jueces del cuatro tribunal oral de Santiago.

“Hubo un plan. Se utilizó una moto que fue previamente fue sustraída, y que se abandona después, que se le colocó otra patente, se estudió previamente el lugar donde se instaló el artefacto, se tenía conocimiento donde estaban las cámaras de vigilancia y frente al fallido atentado, toda vez que el propio imputado resultó afectado por la explosión, se sigue un plan, porque quien lo acompañaba huye del lugar. Todo esto da cuenta de la finalidad de causar alarma a la población que es propio de un delito terrorista”, aseguró.

La defensa de Pitronello estuvo a cargo del Defensor Público Regional, Leonardo Moreno, quien insistió que el joven sólo tuvo la intención de causar daño, pero no alarma en la población.

“Lo que ocurre que hay ciertos elementos que debieron ser bien probados por el ministerio público en el juicio y no lo hicieron y en razón de ello el tribunal no pudo calificar los hechos como delitos terroristas (…) lo que hace el tribunal oral es calificar los hechos de acuerdo a la legislación existente, es decir la posesión de un artefacto explosivo y los daños, que están fundados en la prueba rendida en el juicio”, señaló.

Los ministros de la Octava Sala Juan Escobar, Hugo Llanos y Adela Rabanales darán a conocer el fallo el próximo 19 de noviembre, al mediodía.