La Cuarta Sala de la Corte Suprema confirmó la indemnización por lesiones físicas y psicológicas que sufrió en el año 2002 un menor de edad, a raíz del ataque de perros que se escaparon desde la casa de un vecino, en la comuna de Penco, Región del Bío-Bío.

En fallo unánime, los ministros de la Sala Constitucional del máximo tribunal desestimaron el recurso de casación presentado en contra de la sentencia que determinó que Claudio Pinilla Salamanca debe pagar $2.000.000 al afectado.

En el dictamen se pronunciaron los magistrados Patricio Valdés, Gabriela Pérez, Rosa María Maggi, Rosa Egnem y el abogado integrante Ricardo Peralta, quienes estimaron que no existió vulneración de derecho y de aplicación de las leyes al establecer la condena por la agresión de los canes que mordieron en una pierna al hijo del demandante, en un sector residencial de Penco.

“Que al no existir vulneración a las leyes reguladoras de la prueba, es precisamente a los hechos asentados en el fundamento segundo de este fallo a los cuales corresponde aplicar las normas legales llamadas a dirimir la controversia, de manera que habiéndose establecido que el daño sufrido por el hijo del demandante ha sido cierto y efectivo, derivado del hecho del que es responsable el demandado y por el que está obligado a resarcir los perjuicios causados derivados de su responsabilidad extracontractual fundado en la acción incoada por el actor, se ha dado correcta aplicación a los artículos 2314 y 2326 del Código Civil”, consigna el fallo.

De acuerdo a los antecedentes del caso, el 17 de julio de 2002, el hijo de Jara Carrillo llegaba a su casa, ubicada en la villa El Aromo de Penco, cuando desde la casa de su vecino Claudio Pinilla Salamanca, salieron cuatro perros raza pastor alemán que atacaron y mordieron al menor en una de sus piernas.

El impacto causado por el ataque provocó una serie de transtornos en el menor de edad, los que se dieron por acreditados en el fallo de primera instancia dictado, el 31 de mayo de 2007, por la jueza Margarita Sanhueza Nuñez, del Primer Juzgado Civil de Concepción.

“No puede menos que darse por acreditado que el menor E.J.A. a más de las lesiones físicas sufridas con motivo de las mordeduras de los perros por quienes fue atacado, sufrió lesiones psicológicas, quedando con secuelas por las que tuvo que estar en tratamiento medico, lo que parece lógico si estimamos que un niño de alrededor de 10 años sufrió impacto que significa verse expuesto al ataque de animales desconocidos y de improviso, en imposibilidad de defenderse y superado en número, por lo que resulta de toda evidencia el daño moral padecido”, se establece en la sentencia oficializada este viernes.