Hasta antes de la reforma procesal penal, los jueces tenían una doble función: investigar y aplicar las sanciones contra quienes infringían la ley penal. Un sistema que rigió al país por más de 100 años y que claramente estaba sobrepasado.

A partir del año 1999 cuando comenzó a aplicarse gradualmente el nuevo sistema penal, surgió la figura de los fiscales, representantes del Ministerio Público, organismo encargado de investigar los delitos y llevar las pruebas ante un tribunal para la aplicación de justicia. Junto con ello surgió la defensoría, que puede ser pública o privada, dependiendo de la situación económica de cada imputado.

El sistema cuando se diseñó parecía bien estructurado y así ha operado en los últimos 10 años. Sin embargo en último tiempo han existido actuaciones que claramente obligan a pensar en necesarios ajustes al sistema.

En nuestro ordenamiento jurídico, el Poder Judicial está constituido por los jueces de la República, los que además están ordenados jerárquicamente por ley, estando en el escalafón superior, la Corte Suprema y luego las Cortes de Apelaciones.

En este marco, parece claramente un despropósito que un fiscal decidida encausar a un grupo de ministros de una Corte de Apelaciones, luego de que estos fallaran en contra de la postura que sostenía el Ministerio Público.

Más grave aún cuando se trata de un caso en el cual, el proceso cumplió todas las instancias que establece el ordenamiento jurídico, con un fallo de la Corte Suprema, que ratifica la postura asumida por estos ministros de corte.

Lo anterior, dejó en evidencia un vacío en el sistema, ya que el Ministerio Público aparece como un organismo sin contrapeso y deja en una situación vulnerable a quienes integran un poder del Estado como son los jueces.

No se trata que los jueces sean intocables, pero existen los procedimientos para actuar en caso que estos cometan una irregularidad o un delito.

Los jueces, los ministros de Estado, intendentes, comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas, y hasta el propio Presidente de la República pueden ser acusados constitucionalmente de acuerdo a normas claramente establecidas en la Constitución, generándose así un contrapeso entre los poderes del Estado.

Víctor Pérez | Wikipedia

Víctor Pérez | Wikipedia

No se entiende entonces que los fiscales, que no constituyen en estricto rigor un poder del Estado, no tengan ningún tipo de control o regulación superior, permitiendo situaciones que quedan claramente en el límite del sistema republicano.

Esto tenemos que corregirlo y es el momento de hacerlo. Han pasado 10 desde que se comenzó a aplicar la reforma penal, y no sólo es conveniente y necesaria una evaluación, sino que es imprescindible.

Víctor Pérez Varela es abogado y senador (UDI) por la circunscripción 13 en la Región del Bío-Bío. Fue alcalde designado de Los Ángeles durante el régimen militar, desde 1981 a 1987. En 1989 fue electo diputado por el mismo distrito, llegando al senado en 2006.