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Convención Constitucional y Agencia UNO

Plebiscito es con voto obligatorio: ¿cuáles causales eximen de multas en caso de no sufragar?

Jueves 07 julio de 2022 | 12:30
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La primera es estar en el extranjero el día del plebiscito, la segunda es estar enfermo, incapacitado o con problemas de salud que impidan acudir a las urnas esa jornada y la tercera causal dice relación con estar a más de 200 kilómetros del local.

Por ley el proceso constituyente culminará con un plebiscito con voto obligatorio el 4 de septiembre.

Es decir, como ocurría antes de la implementación del voto voluntario, no sufragar acarreará multas que a este jueves corresponden desde media ($29.124) a tres UTM ($174.744).

En conversación con Radio Bío Bío el presidente del consejo directivo del Servel, Andrés Tagle, detalló que hay tres causales que eximirán ser sancionado por no votar.

La primera es estar en el extranjero el día del plebiscito.

La segunda es estar enfermo, incapacitado o con problemas de salud comprobables que impidan acudir a las urnas esa jornada.

Finalmente la tercera causal dice relación con estar a más de 200 kilómetros del local.

Quienes estén habilitados para votar y no lo hagan no deben hacer nada al respecto, ya que el Servel los denunciará a todos.

Eso sí, aquello tardará varios meses.

Tagle dijo a La Radio que primero el Tricel debe extinguir todas sus obligaciones respecto al proceso y luego el Servel puede revisar los cuadernillos para determinar quiénes entre los 15.173.857 habilitados no votaron.

Cuando el Servel los denuncie el Juzgado de Policía Local cursará las citaciones.

Ante esa instancia los denunciados deberán presentar medios de prueba para acreditar que efectivamente no pudieron ir a las urnas por una de esas tres causales.

De estar muy lejos de su local de votación, Tagle reconoció que las constancias ante Carabineros ese día podrían servir como medio de prueba, pero aclaró que eso corresponde a competencias de la policía uniformada y el Ministerio del Interior.

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