La Corte de Apelaciones de Santiago, tras ratificar una sentencia de primera instancia, condenó a la empresa Cencosud al pago de una multa, luego que terceros realizaran transacciones con una tarjeta de crédito adicional que pertenecía a una persona fallecida hace 6 años.

El caso se remonta al 2016, cuando una consumidora, titular de una tarjeta de crédito, se dio cuenta que le estaban cobrando una deuda de $800 mil por transacciones mediante una tarjeta adicional, la cual pertenecía a su madre, quien había fallecido en 2010.

Al no tener una respuesta favorable, la afectada recurrió al Sernac, entidad que lo denunció ante el Segundo Juzgado de Policía Local de Santiago.

Durante el juicio, la empresa informó que había resuelto el problema, pero el juez determinó que la empresa infringió la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC) al vulnerar el derecho a la seguridad.

Finalmente, el tribunal condenó a Cencosud al pago de una multa de 45 UTM, es decir, cerca de 2 millones 128 mil pesos, por permitir que terceros utilizaran una tarjeta adicional sin consentimiento de la consumidora titular y por no adoptar las medidas de resguardo necesarias para evitarlo, enfatizando además que no resulta lógico que la empresa no haya dado una respuesta satisfactoria a la consumidora, pese a interponer su reclamo.

El director nacional (s) del Sernac, Andrés Herrera, explicó que este fallo confirma que las empresas deben ser profesionales en la prestación de sus servicios, lo que implica contar con estándares de seguridad, y que en caso de producirse algún hecho que afecte al consumidor, como clonación de tarjetas o fraudes, lo que se espera es que entreguen soluciones rápidas y oportunas a los afectados.

Desde comunicaciones de Cencosud indicaron a BioBioChile que su tarjeta es operada por Scotiabank, por lo que aseguran que la entidad bancaria deberá responder por lo ocurrido.