La Corte Suprema declaró admisible el recurso de casación presentado por la empresa OHL S.A., condenada por el Tercer Tribunal Ambiental a pagar una millonaria multa por extracción de áridos desde el río Calle Calle en Valdivia.

En su etapa de impugnación de la causa, la empresa Obrascon Huarte Lain S.A. (OHL) presentó ante el Tercer Tribunal Ambiental una solicitud para anular en su totalidad la multa de 320 millones de pesos cursada en su contra. Esto, luego que la Superintendencia asegurara que ésta no habría respetado los permisos ambientales en la extracción de áridos para el mejoramiento de la ruta T – 35, entre Valdivia y Los Lagos, modificando parte del curso del río Calle Calle y arriesgando la seguridad de las personas.

Sin embargo, a juicio de la empresa, el Tribunal Ambiental habría incurrido en una flagrante contradicción jurídica, por lo cual decidieron concurrir al máximo tribunal.

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Roberto Durán, gerente de relaciones institucionales de la empresa, valoró que se haya declarado admisible el recurso.

Cabe señalar, que con anterioridad, el ente de justicia anuló parcialmente la multa, debido a que la sanción se habría realizado con antecedentes de conocimiento único de la Superintendencia, restando un pago de 141 millones de pesos.